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ARevo Trámites
Municipal Verificado el 30/08/2026 Terrassa

Licencia o declaración responsable de obra menor (Terrassa)

Trámite municipal para reformar una vivienda o un local en Terrassa sin cambiar su estructura, su volumen ni su uso: cambiar el suelo, alicatar, reformar el baño o la cocina, sustituir ventanas manteniendo el hueco, pintar la fachada de un bajo o instalar aire acondicionado. La mayoría de ayuntamientos ha sustituido la licencia clásica por una declaración responsable o una comunicación previa, que permite empezar antes y deja la comprobación para después; la ordenanza municipal decide qué obras van por cada vía. Si la obra toca elementos estructurales, amplía superficie, modifica la fachada o la cubierta, divide la vivienda o cambia el uso del local, ya no es obra menor: hace falta licencia de obra mayor con proyecto técnico. Además del trámite urbanístico se paga el ICIO, el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, cuyo tipo fija cada ayuntamiento hasta un máximo del 4 % salvo en los territorios forales. Su base es el coste real y efectivo de la obra, entendido como coste de ejecución material: quedan fuera el IVA, las tasas municipales, los honorarios del técnico y el beneficio industrial del contratista. Ojo, porque se paga en dos tiempos: al pedir la licencia o presentar la declaración responsable se practica una liquidación provisional a cuenta sobre el presupuesto, y al terminar la obra el ayuntamiento comprueba el coste real y gira una liquidación definitiva, que puede suponer un pago adicional o una devolución.

Ajuntament de Terrassa

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Coste

El ICIO es el 4 % del coste real y efectivo de la obra. La tasa urbanística es la más barata de todas las grandes ciudades no capitales: 19,98 € por la comunicación previa de las obras sencillas, sin dirección facultativa ni proyecto. Las obras más complejas pagan 51,61 € sin dirección facultativa, 98,81 € con dirección facultativa y 159,64 € con dirección facultativa y proyecto técnico, y las mismas cuantías se aplican por la vía de licencia de obra menor; las modificaciones no sustanciales cuestan el 40 % de la tasa inicial. Terrassa tiene además el cuadro de bonificaciones del ICIO más generoso para reformas: hasta el 95 % en intervenciones integrales que acrediten mejora de prestaciones térmicas y acústicas —60 % si la mejora es estética y 25 % si es mera reparación o mantenimiento—, hasta el 95 % en rehabilitación integral por patologías estructurales y 40 % si es puntual, hasta el 90 % en obras de accesibilidad que cumplan íntegramente la normativa y 70 % si la mejoran sin alcanzarla, 50 % en placas fotovoltaicas y un 10 % en plurifamiliar o 5 % en unifamiliar por puntos de recarga de vehículo eléctrico.

Plazo

La comunicación previa de obras cubre expresamente la reforma interior y la sustitución de aparatos de baño y cocina. No hay periodo de espera propiamente dicho, pero sí una condición: las obras no pueden iniciarse hasta que se paga la tasa. Hay 3 meses para empezar y 6 para acabar desde la presentación, y el Ayuntamiento dispone de 1 mes para manifestar motivadamente su disconformidad. Por la vía de licencia de obra menor los plazos son de 1 año para iniciar y 3 para acabar, con derecho a una prórroga por la mitad de cada plazo.

Quién lo necesita

Personas propietarias o inquilinas que van a hacer una reforma en una vivienda, un local o un edificio de Terrassa, y también las empresas constructoras que ejecutan la obra por encargo. Aunque la reforma sea pequeña y no se vea desde la calle, casi siempre hay que comunicarla al ayuntamiento antes de empezar.

Documentación

8 documentos · 4 obligatorios
  • Solicitud de licencia, declaración responsable o comunicación previa de obra Obligatorio

    Impreso oficial del Ajuntament de Terrassa con los datos del inmueble, la referencia catastral y la descripción de la obra.

  • DNI, NIE o TIE de la persona solicitante Obligatorio

    Si actúa una empresa, CIF y documento que acredite la representación.

  • Presupuesto detallado de la obra Obligatorio

    Presupuesto de ejecución material desglosado por partidas, firmado por la empresa que ejecuta la obra. Es la base del cálculo del ICIO y de la tasa.

  • Memoria descriptiva y croquis o planos Obligatorio

    Explicación de las obras que se van a hacer, con planos o croquis acotados del estado actual y del reformado.

  • Autorización de la comunidad de propietarios Si aplica

    Acuerdo de la junta cuando la obra afecta a elementos comunes del edificio: fachada, cubierta, patios, bajantes o instalaciones generales.

    Cuándo: Solo si la obra afecta a elementos comunes.

  • Estudio de gestión de residuos y fianza Si aplica

    Muchas ordenanzas exigen depositar una fianza que se devuelve al justificar la entrega de los escombros en un gestor autorizado.

    Cuándo: Si la ordenanza municipal lo exige según el volumen de residuos.

  • Proyecto técnico y dirección facultativa Si aplica

    Redactado por arquitecto o arquitecto técnico. Su exigencia suele marcar la frontera entre la vía simplificada y la licencia.

    Cuándo: Si la obra afecta a la estructura, al volumen, a la fachada o al uso del inmueble.

  • Autorización patrimonial o informe de protección Si aplica

    Para inmuebles catalogados o situados en el casco histórico, suele hacer falta el visto bueno del órgano de patrimonio de la comunidad autónoma antes del trámite municipal.

    Cuándo: Solo en edificios protegidos o en entornos con protección patrimonial.

Errores que te hacen volver otro día

  • Empezar la obra antes de presentar la declaración responsable o de obtener la licencia: puede acabar en expediente sancionador y en orden de paralización.
  • Presentar un presupuesto sin desglosar por partidas: el ayuntamiento lo devuelve porque es la base para calcular el ICIO.
  • Tratar como obra menor una reforma que tira tabiques de carga, abre huecos en fachada o cambia el uso del local: eso es obra mayor y necesita proyecto técnico.
  • Olvidar el acuerdo de la comunidad de propietarios cuando se toca un elemento común.
  • No pedir la autorización para ocupar la vía pública con el contenedor, el andamio o el camión: es un permiso municipal distinto.
  • Contar con el silencio administrativo para dar la obra por autorizada. El artículo 11.4 del texto refundido de la Ley de Suelo impone silencio negativo a las obras de nueva planta, los movimientos de tierras y las parcelaciones, no a la obra menor, cuyo régimen depende de la ley urbanística de cada comunidad y de la ordenanza; y en declaración responsable no hay silencio que valga porque no hay resolución que esperar. Lo que sí se aplica siempre es el artículo 11.3: por silencio nunca se adquieren facultades contrarias al planeamiento, así que una obra ilegal lo sigue siendo aunque nadie conteste.
  • No guardar los justificantes de la retirada de escombros y perder la fianza de residuos.
  • Pagar el ICIO completo sin mirar las bonificaciones de la ordenanza fiscal: casi todas son rogadas y hay que pedirlas al presentar el trámite o en el plazo que fije la ordenanza.