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ARevo Trámites
Municipal Verificado el 20/08/2026 Santa Cruz de Tenerife

Zona de Bajas Emisiones (ZBE): acceso, registro y excepciones (Santa Cruz de Tenerife)

Una Zona de Bajas Emisiones es un perímetro delimitado dentro del municipio en el que el ayuntamiento restringe la circulación o el estacionamiento de los vehículos según su distintivo ambiental de la DGT. La Ley 7/2021 de cambio climático obliga a todos los municipios de más de 50.000 habitantes a tener una, y el Real Decreto 1052/2022 fija sus requisitos mínimos, pero el perímetro exacto, el calendario de restricciones, las excepciones para residentes y el régimen sancionador los aprueba cada ayuntamiento en su ordenanza. El trámite ciudadano suele consistir en comprobar si tu vehículo puede acceder y, cuando toca, registrarlo o pedir una autorización de acceso: para residentes, para personas con movilidad reducida, para vehículos de servicios o para visitas puntuales. Ojo: la ZBE de Santa Cruz de Tenerife está aprobada pero todavía no operativa. El pleno aprobó definitivamente la ordenanza el 24 de julio de 2026, con un perímetro en el centro entre el barranco de Santos, Méndez Núñez, San Isidro y la avenida de Anaga, después de que la primera ordenanza fuera anulada judicialmente en 2025. Faltan por desplegar la treintena de puntos de control por cámara y las sanciones no se aplicarán hasta 2029.

Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

Coste

Consultar si un vehículo puede acceder y registrarlo en el censo de la ZBE no tiene tasa. La ordenanza fiscal de cada ayuntamiento puede fijar una tasa para determinadas autorizaciones temporales o de servicios: conviene comprobarla. El acceso no autorizado es infracción grave de la Ley de Tráfico y se sanciona con 200 €, reducibles a 100 € por pronto pago, allí donde el régimen sancionador ya está activo.

Plazo

El registro o la autorización se piden antes de entrar en la zona; algunas ordenanzas permiten regularizar el acceso de una visita puntual dentro de un plazo posterior. La vigencia de las autorizaciones y el calendario de entrada en vigor de cada fase de restricciones los fija la ordenanza de Santa Cruz de Tenerife.

Quién lo necesita

Personas que circulan o aparcan en Santa Cruz de Tenerife con un vehículo afectado por las restricciones, especialmente si no tiene distintivo ambiental o tiene el B; residentes dentro del perímetro que deben registrar su vehículo; personas con tarjeta de estacionamiento por movilidad reducida; y profesionales, comercios y empresas de reparto y servicios que necesitan entrar en la zona.

Documentación

7 documentos · 2 obligatorios
  • DNI, NIE o TIE de la persona solicitante Obligatorio

    Y documento que acredite la representación si el vehículo es de una empresa.

  • Permiso de circulación del vehículo Obligatorio

    Acredita la titularidad y la matrícula que se va a autorizar o registrar.

  • Ficha técnica del vehículo (tarjeta ITV) Si aplica

    Permite comprobar la clasificación ambiental del vehículo cuando hay dudas sobre el distintivo.

    Cuándo: Si el ayuntamiento la pide para clasificar el vehículo.

  • Distintivo ambiental de la DGT Si aplica

    Etiqueta 0, ECO, C o B que clasifica el vehículo. Se consigue en las oficinas de Correos y en gestorías administrativas; los vehículos más antiguos no tienen derecho a ninguna.

    Cuándo: Cuando el acceso depende de la categoría ambiental.

  • Acreditación de residencia en la zona Si aplica

    Certificado o volante de empadronamiento en Santa Cruz de Tenerife, y en su caso justificante del domicilio dentro del perímetro de la ZBE.

    Cuándo: Solo para autorizaciones de residente.

  • Tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida Si aplica

    Las ordenanzas suelen reconocer un régimen especial de acceso a los vehículos que trasladan a personas titulares de esta tarjeta.

    Cuándo: Solo para la excepción por movilidad reducida.

  • Documentación de la actividad profesional Si aplica

    Alta censal, licencia de actividad o documentación del servicio que justifica el acceso (reparto, obras, asistencia sanitaria, mudanzas).

    Cuándo: Solo para autorizaciones profesionales o de servicios.

Errores que te hacen volver otro día

  • Creer que el distintivo ambiental de la DGT basta por sí solo: en muchas ZBE hay que estar además registrado en el censo municipal de vehículos autorizados.
  • Dar por hecho que ser residente permite entrar con cualquier vehículo, sin comprobar el régimen transitorio que aplica a los vehículos sin distintivo.
  • No registrar el coche de las visitas: cada acceso no autorizado se detecta por cámara y genera una sanción independiente.
  • Tener el domicilio del permiso de circulación sin actualizar en la DGT, porque el ayuntamiento cruza la matrícula con los datos de residencia.
  • Suponer que la ZBE coincide con el casco histórico o que solo funciona en horario laborable: el perímetro y los horarios los fija la ordenanza.
  • Comprar o alquilar un vehículo sin comprobar antes su distintivo ambiental y si podrá acceder a la zona.