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ARevo Trámites
Municipal Verificado el 11/09/2026 San Cristóbal de La Laguna

Tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (San Cristóbal de La Laguna)

La tarjeta de estacionamiento permite aparcar en las plazas reservadas para personas con movilidad reducida y disfrutar de las ventajas que fije la ordenanza municipal en las zonas de estacionamiento regulado. En Canarias la tarjeta no la expide el ayuntamiento: la resuelve la Dirección General de Discapacidad del Gobierno de Canarias y se solicita por su sede electrónica. El Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna regula el uso de las plazas reservadas, pero no otorga la tarjeta. Se concede a quien tiene reconocido el baremo de movilidad reducida o una deficiencia visual grave en su resolución de grado de discapacidad. Sigue el modelo europeo del Real Decreto 1056/2014, así que es válida en toda la Unión Europea. Es personal e intransferible: va ligada a la persona titular, no a un vehículo concreto, y solo puede usarse cuando esa persona viaja en el coche.

Gobierno de Canarias — Dirección General de Discapacidad

Coste

Gratuito.

Plazo

Se puede solicitar en cualquier momento, una vez reconocido el baremo de movilidad reducida. La tarjeta tiene una validez máxima de 10 años y nunca más allá de la fecha de vigencia del reconocimiento de discapacidad (Real Decreto 1056/2014); la renovación se pide antes de que caduque para no perder el derecho a usar las plazas reservadas. El plazo máximo de resolución es de 3 meses y el silencio administrativo es positivo, aunque la tramitación real suele rondar los 10 días.

Quién lo necesita

Personas con discapacidad empadronadas en San Cristóbal de La Laguna cuya resolución de discapacidad reconozca el baremo de movilidad reducida, o que tengan una agudeza visual no superior a 0,1 o un campo visual reducido a 10 grados o menos. También pueden pedirla las entidades públicas o privadas que transportan habitualmente a personas con movilidad reducida (modalidad de transporte colectivo).

Documentación

4 documentos · 3 obligatorios
  • Solicitud de tarjeta de estacionamiento Obligatorio

    Impreso oficial que facilita Gobierno de Canarias — Dirección General de Discapacidad, presencial o por la sede electrónica.

  • Documentación personal de la persona titular Obligatorio

    DNI, NIE o TIE original y en vigor, y una fotografía reciente tamaño carné para el anverso de la tarjeta. Los menores sin documento propio se acreditan con el libro de familia o el certificado de nacimiento. Si la solicitud la presenta otra persona en nombre del titular, hay que acreditar la representación legal, la tutela o la guarda de hecho. En renovaciones y duplicados se entrega además la tarjeta anterior, caducada o deteriorada, al recoger la nueva.

  • Resolución de grado de discapacidad con el baremo de movilidad reducida Obligatorio

    Documento emitido por el órgano de valoración de tu comunidad autónoma en el que conste expresamente el baremo de movilidad reducida (baremo A) o la deficiencia visual grave. Es el documento clave del trámite: un grado del 33 % no basta por sí solo, y si todavía no lo tienes, lo primero es pedir el reconocimiento de grado y que en él se valore la movilidad.

  • Certificado o volante de empadronamiento Si aplica

    Acredita la residencia en San Cristóbal de La Laguna. En muchos casos se consulta de oficio y no hace falta aportarlo.

    Cuándo: Solo si la administración no lo comprueba de oficio.

Errores que te hacen volver otro día

  • Los descuidos que más multas cuestan son siempre los mismos: usarla cuando la persona titular no viaja en el vehículo, exhibir una fotocopia en lugar del original, colocarla de forma que el anverso no se vea desde fuera del parabrisas, o seguir aparcando en plazas reservadas con la tarjeta caducada mientras se tramita la renovación. Cualquiera de los cuatro es motivo de sanción y de retirada de la tarjeta.
  • Confundir la tarjeta con tener una plaza reservada delante de casa: son dos trámites distintos y el segundo no se obtiene con el primero. La reserva exige aquí bastante más que la tarjeta: quien conduce debe acreditar una discapacidad superior al 50 % en su capacidad motora, y el vehículo tiene que ser de su propiedad o de una persona que conviva con ella y estar adaptado, lo que se comprueba con la ficha técnica. La reserva lleva tasa, pero se reduce al 100 % por resolución expresa cuando el grado de discapacidad es igual o superior al 65 % y los ingresos anuales no superan el doble del salario mínimo interprofesional.