Protección internacional (asilo)
Solicitud del estatuto de refugiado o de protección subsidiaria por parte de quien no puede volver a su país por temor fundado a ser perseguido o por riesgo de sufrir daños graves. Se manifiesta la voluntad de pedir protección, se formaliza en una entrevista en comisaría y, mientras se resuelve, se obtiene documentación provisional.
Ministerio del Interior (Oficina de Asilo y Refugio) / Policía Nacional
Coste
Gratuito.
Plazo
Tras formalizar la solicitud se entrega un resguardo que acredita la condición de solicitante. Admisión a trámite: presentada en territorio, la no admisión debe notificarse en el plazo máximo de 1 mes; en frontera y CIE la resolución debe notificarse en un máximo de 4 días. El plazo máximo de tramitación del expediente es de 6 meses. La documentación provisional hay que renovarla pidiendo cita en el sistema de cita previa de extranjería: a los 9 meses de la emisión del resguardo inicial y al año de la expedición de la tarjeta roja.
Quién lo necesita
Personas extranjeras que temen ser perseguidas en su país por raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a un grupo social determinado, género u orientación sexual, o que corren riesgo de daños graves.
Documentación
4 documentos · 1 obligatorios-
Pasaporte o documento de identidad del país de origen Si aplica
Si se dispone de él; su falta no impide solicitar protección.
Cuándo: Cuando se conserve documentación del país de origen.
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Relato de los hechos que motivan la solicitud Obligatorio
Se recoge en la entrevista de formalización, con abogado e intérprete.
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Pruebas o indicios de la persecución alegada Si aplica
Denuncias, informes médicos, resoluciones, publicaciones u otros documentos que apoyen el relato.
Cuándo: Cuando se disponga de ellos.
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Documentación de los familiares que se incluyen en la solicitud Si aplica
Libro de familia, certificados de nacimiento o matrimonio.
Cuándo: Si la solicitud se extiende a familiares.
Errores que te hacen volver otro día
- Dejar caducar la documentación de solicitante por no pedir cita de renovación a tiempo.
- No comunicar los cambios de domicilio, con lo que las notificaciones no llegan.
- Confundir la protección internacional con las autorizaciones de residencia por arraigo: son vías distintas y no son intercambiables.
- Acudir a la entrevista sin haber preparado el relato ni la documentación que lo apoya.