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ARevo Trámites
Autonómico Verificado el 19/08/2026 Principado de Asturias

Ayudas por nacimiento y conciliación (Asturias) en Principado de Asturias

Ayudas por nacimiento o adopción, con cuantías que crecen a partir del segundo hijo y se refuerzan para las familias que residen en concejos en riesgo de despoblación. El Principado convoca además el programa ConciliAs, para familias con menores de 0 a 3 años en concejos sin escuela infantil pública o sin plaza disponible.

Principado de Asturias — Consejería con competencias en derechos sociales

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Coste

Gratuito. La solicitud no tiene tasa.

Plazo

La convocatoria es anual y cubre los nacimientos o adopciones producidos dentro del periodo que fija cada año. Se exige residencia habitual en Asturias durante los 12 meses ininterrumpidos anteriores y no superar el límite de ingresos de la unidad familiar. Convocatoria 2026: plazo de solicitud del 1 de abril al 30 de noviembre de 2026 para nacimientos o adopciones entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, con un límite de ingresos de la unidad familiar de 45.000 € anuales.

Quién lo necesita

Familias residentes en Asturias que acaban de tener un hijo o hija, lo han adoptado o acogido, o necesitan apoyo para conciliar el cuidado de menores.

Documentación

4 documentos · 4 obligatorios
  • Solicitud de la ayuda Obligatorio

    Modelo oficial de la convocatoria vigente, presentado por la sede electrónica o presencialmente.

  • Documento de identidad de la persona solicitante Obligatorio

    DNI, NIE o TIE en vigor.

  • Certificado de empadronamiento con 12 meses de antigüedad Obligatorio

    Acredita la residencia habitual continuada que exige la convocatoria.

  • Datos bancarios (IBAN) Obligatorio

    Cuenta de la que la persona solicitante sea titular.

Errores que te hacen volver otro día

  • Dar por hecho que la ayuda se concede automáticamente al inscribir al bebé en el Registro Civil: hay que solicitarla.
  • Confundir estas ayudas autonómicas con la prestación estatal por nacimiento y cuidado de menor, que reconoce el INSS y es compatible con ellas.
  • Solicitarla sin los 12 meses de residencia continuada previa, o pasar por alto que el nacimiento debe estar dentro del periodo de la convocatoria.
  • Consultar importes de convocatorias pasadas: son ayudas de convocatoria anual y las cuantías y los plazos cambian cada año.