Empadronamiento (Padrón Municipal de Habitantes) en Málaga
Inscribirse en el Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento de Málaga (alta), cambiar de domicilio, u obtener el volante o el certificado de empadronamiento. Es una competencia municipal: el procedimiento, las citas y la documentación varían según el ayuntamiento. Las gestiones del padrón de Málaga se realizan a través de la sede electrónica del Ayuntamiento y de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía.
Ayuntamiento de Málaga (Padrón Municipal de Habitantes)
Coste
Gratuito.
Plazo
La solicitud puede presentarse en cualquier momento, en una OMAC (Oficina de Atención a la Ciudadanía) o en las oficinas de Gestión Tributaria (Gestrisam). La resolución del alta no es inmediata: el plazo máximo legal para resolver es de 3 meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015). El volante o certificado para quien ya está inscrito se obtiene al momento (en línea o en oficina).
Quién lo necesita
Cualquier persona que vive en Málaga y necesita acreditar su domicilio (imprescindible para DNI/TIE, tarjeta sanitaria, escolarización, ayudas y la mayoría de trámites).
Documentación
3 documentos · 3 obligatorios-
Documento de identidad en vigor de las personas a empadronar Obligatorio
DNI, NIE/TIE o pasaporte; para menores, libro de familia o certificado de nacimiento.
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Documento que acredite el uso de la vivienda Obligatorio
Escritura, contrato de alquiler en vigor, o autorización del titular de la vivienda junto con su documento de identidad.
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Hoja de inscripción padronal Obligatorio
Impreso de alta/cambio en el padrón del Ayuntamiento de Málaga, firmado por las personas mayores de edad a empadronar.
Errores que te hacen volver otro día
- Acudir sin un documento válido que acredite el uso de la vivienda (o sin la autorización firmada del titular).
- Confundir el volante de empadronamiento (informativo) con el certificado (con valor administrativo) según lo que pida el trámite de destino.
- Dar por hecho que el procedimiento es igual en todos los municipios.