Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
Prestación económica que garantiza un nivel mínimo de ingresos a personas y unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad económica. Incluye un complemento de ayuda para la infancia. No es un trámite con tasa: es una prestación que se solicita y se resuelve según los requisitos de renta y patrimonio.
Quién lo necesita
Personas solas o unidades de convivencia cuyos ingresos y patrimonio están por debajo de los umbrales establecidos cada año, que cumplen los requisitos de residencia legal y efectiva en España.
Coste
Gratuito (es una prestación; no tiene tasa).
Plazo
Plazo de resolución: 6 meses desde la entrada de la solicitud; el silencio administrativo es negativo (art. 25.3 Ley 19/2021). Para comprobar si se cumplen los umbrales de renta y patrimonio (que se actualizan cada año), usar el simulador oficial de la Seguridad Social.
Documentación
- Documento de identidad de todos los miembros Obligatorio DNI o NIE/TIE de las personas de la unidad de convivencia.
- Certificado o volante de empadronamiento (individual o colectivo) Obligatorio Acredita la residencia y la composición de la unidad de convivencia.
- Documentación acreditativa de la situación económica Obligatorio Ingresos y patrimonio de la unidad de convivencia.
- Libro de familia o certificados que acrediten la unidad de convivencia Si aplica Para acreditar vínculos y composición. Cuándo: Cuando proceda según la composición familiar.
Errores comunes a evitar
- Presentar la solicitud sin acreditar correctamente la composición de la unidad de convivencia.
- No comunicar cambios de ingresos o de la unidad de convivencia durante la percepción.
- Desconocer que los umbrales de renta y patrimonio se actualizan cada año.