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ARevo Trámites
Estatal Verificado el 19/08/2026

Asistencia jurídica gratuita (abogado de oficio)

Derecho a litigar sin pagar abogado, procurador, peritos ni tasas cuando no se tienen recursos suficientes. La solicitud se presenta en el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados, que la tramita y designa abogado de oficio; la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita resuelve.

Colegio de Abogados (Servicio de Orientación Jurídica) y Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita

Pedir cita previa

Coste

Gratuito.

Plazo

Se solicita cita en el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados correspondiente, que orienta, completa la solicitud e indica la documentación. El Colegio puede designar abogado provisionalmente y la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita resuelve después, en un plazo máximo de 30 días. Umbrales de ingresos brutos anuales por unidad familiar: 2 veces el IPREM para personas no integradas en una unidad familiar, 2,5 veces el IPREM en unidades de menos de 4 miembros y 3 veces el IPREM con 4 o más miembros o familia numerosa.

Quién lo necesita

Personas sin recursos económicos suficientes para litigar. Con independencia de sus ingresos, también las víctimas de violencia de género, terrorismo y trata, los menores y las personas con discapacidad intelectual víctimas de abuso o maltrato, y los trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social para defender sus derechos laborales.

Documentación

6 documentos · 4 obligatorios
  • Impreso de solicitud de asistencia jurídica gratuita Obligatorio

    Se cumplimenta en el Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados.

  • Documento de identidad Obligatorio

    DNI, NIE/TIE o pasaporte del solicitante.

  • Certificado de la declaración de la renta (IRPF) Obligatorio

    O certificado de no haberla presentado, de todos los miembros de la unidad familiar.

  • Certificado de empadronamiento colectivo Obligatorio

    Acredita la composición de la unidad familiar.

  • Vida laboral o documentación de ingresos Si aplica

    Nóminas, prestaciones o certificado del SEPE que acrediten los ingresos actuales.

    Cuándo: Cuando la situación económica actual no coincide con la de la última declaración.

  • Documentación del procedimiento judicial Si aplica

    Demanda, citación o resolución que acredite el asunto para el que se pide el abogado.

    Cuándo: Si ya existe un procedimiento abierto.

Errores que te hacen volver otro día

  • Esperar a la vista o al final del plazo procesal para pedirlo: la tramitación lleva tiempo.
  • Aportar solo los ingresos del solicitante cuando se valoran los de toda la unidad familiar.
  • Creer que la concesión es automática por estar en paro: se valoran ingresos, patrimonio y circunstancias familiares.
  • No comunicar la mejora de la situación económica durante el procedimiento.