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ARevo Trámites
Estatal Verificado el 19/08/2026

Pensión de jubilación

Solicitar la pensión contributiva de jubilación al dejar de trabajar por edad. La reconoce el INSS a partir de lo cotizado a lo largo de la vida laboral. No se concede de oficio: hay que pedirla.

Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)

Pedir cita previa

Coste

Gratuito (es una prestación; no tiene tasa).

Plazo

La solicitud puede presentarse dentro de los 3 meses anteriores o posteriores a la fecha prevista de jubilación. Presentada más tarde, la pensión tiene una retroactividad máxima de 3 meses desde la solicitud. El plazo máximo de resolución del INSS es de 90 días, aunque la media real es bastante menor.

Quién lo necesita

Personas que alcanzan la edad legal de jubilación (o una de las modalidades anticipada, parcial o demorada) y reúnen el periodo mínimo de cotización exigido.

Documentación

6 documentos · 3 obligatorios
  • Modelo oficial de solicitud de pensión de jubilación Obligatorio

    Solicitud del INSS, presentada por sede electrónica, correo o en un CAISS con cita previa.

  • Documento de identidad en vigor Obligatorio

    DNI o NIE/TIE del solicitante.

  • Datos bancarios (IBAN) Obligatorio

    Cuenta de la que el solicitante sea titular, donde se abonará la pensión.

  • Informe de vida laboral Si aplica

    Permite comprobar los periodos cotizados antes de solicitar la pensión.

    Cuándo: Recomendado para revisar la carrera de cotización antes de presentar la solicitud.

  • Documentación de cotizaciones en el extranjero Si aplica

    Certificados de periodos trabajados en otros países.

    Cuándo: Si se han cotizado periodos en el extranjero (Reglamentos comunitarios o convenios bilaterales).

  • Libro de familia o certificados del Registro Civil Si aplica

    Acredita los hijos u otras circunstancias familiares que puedan influir en complementos.

    Cuándo: Cuando se solicite algún complemento vinculado a circunstancias familiares.

Errores que te hacen volver otro día

  • Creer que la pensión se reconoce automáticamente al cumplir la edad: hay que solicitarla.
  • No revisar antes el informe de vida laboral y descubrir lagunas o periodos mal registrados cuando ya se ha resuelto.
  • Presentar la solicitud mucho después de la fecha de jubilación y perder mensualidades (solo hay 3 meses de retroactividad).
  • No aportar los certificados de periodos cotizados en otros países, lo que retrasa la resolución.