Ayudas por nacimiento y conciliación (Illes Balears)
Ayudas y subvenciones de apoyo a las familias, que incluyen líneas para facilitar la conciliación de la vida personal, laboral y familiar. Conviene distinguirlas de las prestaciones por nacimiento de la Seguridad Social, que son estatales y se piden al INSS aunque se informe de ellas en el portal autonómico.
Govern de les Illes Balears — Portal de les Famílies
Coste
Gratuito. La solicitud no tiene tasa.
Plazo
Las líneas autonómicas se convocan periódicamente y se tramitan por la sede electrónica del Govern. Las cuantías y plazos exactos los fija cada convocatoria: comprobarlos en la fuente oficial antes de solicitar.
Quién lo necesita
Familias residentes en Illes Balears que acaban de tener un hijo o hija, lo han adoptado o acogido, o necesitan apoyo para conciliar el cuidado de menores.
Documentación
4 documentos · 4 obligatorios-
Solicitud de la ayuda Obligatorio
Modelo oficial de la convocatoria vigente, presentado por la sede electrónica o presencialmente.
-
Documento de identidad de la persona solicitante Obligatorio
DNI, NIE o TIE en vigor.
-
Libro de familia o certificado de nacimiento Obligatorio
Acredita la situación familiar que da derecho a la ayuda.
-
Datos bancarios (IBAN) Obligatorio
Cuenta de la que la persona solicitante sea titular.
Errores que te hacen volver otro día
- Dar por hecho que la ayuda se concede automáticamente al inscribir al bebé en el Registro Civil: hay que solicitarla.
- Confundir estas ayudas autonómicas con la prestación estatal por nacimiento y cuidado de menor, que reconoce el INSS y es compatible con ellas.
- Pedir al Govern una prestación que en realidad es estatal: las prestaciones por nacimiento de familias numerosas, monoparentales o madres con discapacidad las reconoce el INSS.
- Consultar importes de convocatorias pasadas: son ayudas de convocatoria anual y las cuantías y los plazos cambian cada año.