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ARevo Trámites
Autonómico Verificado el 13/06/2026 Galicia

Reconocimiento de la situación de dependencia (Galicia)

Solicitar el reconocimiento del grado de dependencia y el derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD, Ley 39/2006). En Galicia, la gestión de la dependencia corresponde a la Consellería de Política Social e Xuventude de la Xunta. La solicitud puede presentarse también a través de los servicios sociales comunitarios del concello de residencia o en las oficinas comarcales de servicios sociales.

Xunta de Galicia — Consellería de Política Social e Xuventude

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Coste

Gratuito.

Plazo

Se puede solicitar en cualquier momento. Se exige residencia legal en España de al menos 5 años (2 últimos inmediatamente anteriores a la solicitud). Tras la solicitud, personal técnico de la Xunta realiza una visita de valoración para determinar el grado (I, II o III) y notifica la resolución. Hay tramitación urgente para situaciones críticas.

Quién lo necesita

Personas en situación de dependencia (por edad, enfermedad o discapacidad) residentes en Galicia que necesitan apoyo para las actividades básicas de la vida diaria.

Documentación

4 documentos · 3 obligatorios
  • Solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia Obligatorio

    Modelo de solicitud presentado en los servicios sociales del concello de residencia, en las oficinas comarcales de la Xunta o en línea a través de la sede electrónica con certificado digital o Chave365.

  • Documento de identidad de la persona dependiente Obligatorio

    DNI/NIE/TIE de la persona dependiente y, en su caso, de su representante o tutor legal.

  • Informe de salud actualizado Obligatorio

    Del médico de cabecera del SERGAS u otro especialista, que describe la situación de salud y las limitaciones funcionales.

  • Informe social (si se dispone de él) Si aplica

    Informe del trabajador/a social del concello que describe la situación de la persona y su entorno.

    Cuándo: Facilita la valoración aunque no es obligatorio.

Errores que te hacen volver otro día

  • Presentar la solicitud sin el informe de salud, lo que retrasa el proceso de valoración.
  • Confundir el reconocimiento de dependencia con el de discapacidad (son procedimientos y registros distintos).
  • No acreditar el requisito de residencia legal en España (5 años, los 2 últimos inmediatamente anteriores).