Renta Mínima de Solidaridad (RMS) — Castilla-La Mancha
Solicitar la Renta Mínima de Solidaridad (RMS), la prestación de garantía de ingresos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Es una prestación económica periódica para personas y familias en situación de exclusión social o en riesgo de exclusión, condicionada a la participación en actividades de inserción. El trámite se inicia en los Servicios Sociales del municipio de residencia o en las delegaciones provinciales de Bienestar Social.
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha — Consejería de Bienestar Social
Coste
Gratuito.
Plazo
La solicitud se presenta en los Servicios Sociales municipales. La resolución puede demorarse varios meses. La prestación es periódica y sujeta a revisión y participación en el plan de inserción.
Quién lo necesita
Personas mayores de 25 años (o menores con cargas familiares) con residencia legal y continuada en Castilla-La Mancha de al menos 1 año, sin ingresos o con ingresos inferiores al umbral establecido, que se comprometan a participar en actividades de inserción.
Documentación
5 documentos · 5 obligatorios-
Solicitud de la Renta Mínima de Solidaridad Obligatorio
Formulario disponible en los Servicios Sociales municipales y en las delegaciones provinciales de Bienestar Social.
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DNI/NIE/TIE del solicitante y miembros de la unidad familiar Obligatorio
Documentos de identidad en vigor.
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Certificado de empadronamiento con al menos 1 año en CLM Obligatorio
Acredita la residencia continuada en la comunidad autónoma.
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Justificante de situación económica Obligatorio
Declaración de la renta o certificados del SEPE/INSS que acrediten ingresos insuficientes.
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Libro de familia o documentación de la unidad familiar Obligatorio
Acredita la composición de la unidad familiar.
Errores que te hacen volver otro día
- No acreditar el año mínimo de residencia continuada en CLM.
- No participar en el plan de inserción acordado, lo que puede suspender la prestación.
- Superar los límites de ingresos establecidos.
- Confundir la RMS con el IMV estatal: son prestaciones complementarias.