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ARevo Trámites
Autonómico Verificado el 01/09/2026 Andalucía

Reconocimiento de Familia Monoparental (Andalucía)

Solicitar el reconocimiento de la condición de familia monoparental en Andalucía y el título acreditativo, válido ante cualquier administración o entidad pública o privada en Andalucía. La condición se regula por el Decreto 78/2026, de 15 de abril. Se considera familia monoparental la integrada por un solo progenitor y uno o varios descendientes (por filiación, adopción, tutela, guarda con fines de adopción o acogimiento) que dependen económicamente de él.

Junta de Andalucía — Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

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Coste

Gratuito.

Plazo

No hay plazo de solicitud: el procedimiento de expedición, renovación y modificación del título se inicia en cualquier momento, a solicitud de cualquier persona con capacidad legal que forme parte de la unidad familiar, mediante el impreso normalizado de la sede electrónica de la Junta de Andalucía. Requisito previo: haber residido de forma ininterrumpida en un municipio de Andalucía durante al menos los seis meses anteriores a la solicitud, del que están exentas las personas beneficiarias de protección internacional y las mujeres víctimas de violencia de género. Se distinguen dos categorías (general y especial).

Quién lo necesita

Familias monoparentales con domicilio en Andalucía (un solo progenitor a cargo de los hijos). Para conservar la condición, los descendientes deben ser menores de 26 años, convivir con el progenitor y depender económicamente de él.

Documentación

5 documentos · 5 obligatorios
  • Documento de identidad de los miembros Obligatorio

    DNI/NIE/TIE de las personas que se incluyen en el título, o autorización para su consulta.

  • Libro de familia o documentación equivalente Obligatorio

    Acredita la composición de la unidad familiar monoparental y la filiación.

  • Documentación acreditativa de la monoparentalidad Obligatorio

    Según el supuesto: filiación con un solo progenitor, viudedad, adopción, tutela, guarda o acogimiento, dependencia económica de los descendientes, etc.

  • Certificado de empadronamiento de la unidad familiar Obligatorio

    De todas las personas que integran la unidad familiar, expedido como máximo dentro de los tres meses anteriores a la solicitud. Acredita los seis meses de residencia en Andalucía.

  • Declaración responsable del progenitor Obligatorio

    De no constituir pareja de hecho ni haber contraído matrimonio con otra persona.

Errores que te hacen volver otro día

  • No acreditar correctamente el supuesto de monoparentalidad y la dependencia económica de los descendientes.
  • Dar por hecho que los descendientes mayores de 26 años mantienen la condición (deben ser menores de esa edad).
  • No solicitar también el título de familia numerosa cuando se tiene derecho (son compatibles).
  • Presentar la solicitud sin llevar seis meses de residencia ininterrumpida en un municipio andaluz, o con un certificado de empadronamiento de más de tres meses de antigüedad.