Tributos locales en Torrevieja: IBI, IVTM y plusvalía
Los tres impuestos municipales que paga casi todo el mundo en Torrevieja: el IBI, que grava tener un inmueble; el impuesto de vehículos (IVTM), que grava tener un coche domiciliado en el municipio; y la plusvalía municipal, que se paga al vender, heredar o recibir en donación un terreno urbano. Los dos primeros son de padrón y se cobran solos cada año en un periodo fijo; la plusvalía la declaras tú cuando hay transmisión.
Ayuntamiento de Torrevieja — Gestión Tributaria
Coste
Depende del tributo. El tipo del IBI urbano es el 0,40 % (art. 2 de su ordenanza), de los más bajos del país. Los bienes de características especiales van también al 0,40 % y los rústicos al 0,30 %. No hay recargo por vivienda desocupada. Torrevieja no publica el importe del IVTM: su ordenanza fija únicamente el coeficiente de incremento de las cuotas legales, un 1,8, y su articulado no incluye cuadro de tarifas. El importe exacto hay que consultarlo en el recibo o en SUMA, que es quien gestiona la recaudación. El tipo de la plusvalía municipal es el 30 % (art. 6.1).
Plazo
IBI: El tipo del IBI urbano es el 0,40 % (art. 2 de su ordenanza), de los más bajos del país. Los bienes de características especiales van también al 0,40 % y los rústicos al 0,30 %. No hay recargo por vivienda desocupada. IVTM: Torrevieja no publica el importe del IVTM: su ordenanza fija únicamente el coeficiente de incremento de las cuotas legales, un 1,8, y su articulado no incluye cuadro de tarifas. El importe exacto hay que consultarlo en el recibo o en SUMA, que es quien gestiona la recaudación. Plusvalía: El tipo de la plusvalía municipal es el 30 % (art. 6.1). Calendario y pago: En 2026, según el calendario de SUMA Gestión Tributaria, el IVTM se paga del 5 de marzo al 11 de mayo y el IBI del 27 de julio al 8 de octubre. La ordenanza no recoge bonificación por domiciliar.
Quién lo necesita
Quien tiene un inmueble en Torrevieja, quien tiene el coche domiciliado allí, y quien vende, hereda o dona un inmueble urbano del municipio.
Documentación
5 documentos · 1 obligatorios-
Documento de identidad Obligatorio
DNI, NIE o pasaporte en vigor de la persona titular o de quien la represente.
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Referencia catastral del inmueble Si aplica
Aparece en el recibo del IBI y en la escritura, y se consulta gratis en la Sede Electrónica del Catastro. Es lo que identifica el inmueble en cualquier gestión.
Cuándo: Para los trámites del IBI y para la plusvalía.
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Permiso de circulación y ficha técnica del vehículo Si aplica
Para altas, bajas, cambios de titular y domiciliaciones del impuesto de vehículos.
Cuándo: Para los trámites del IVTM.
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Escrituras de adquisición y de transmisión Si aplica
Las dos: la de cuando se compró o heredó el inmueble y la de ahora. Sin la de adquisición no se puede calcular si hubo pérdida, que es lo que permite no pagar.
Cuándo: Para la plusvalía municipal.
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Número de cuenta para domiciliar Si aplica
El IBAN de la cuenta donde se cargarán los recibos.
Cuándo: Solo si vas a domiciliar o a acogerte a un plan de pago fraccionado.
Errores que te hacen volver otro día
- Dejar pasar el periodo voluntario. Después entra el recargo de apremio, que sube con el retraso, y el importe ya no se negocia.
- Vender o comprar un coche y no cambiar la titularidad del IVTM: el impuesto sigue yendo a nombre de quien figura en el padrón el 1 de enero.
- Creer que la plusvalía se paga siempre. Desde la reforma de 2021 no hay que pagarla si no ha habido incremento de valor, pero hay que declararlo y probarlo con las dos escrituras.
- Comprar un inmueble y no comprobar si tiene recibos de IBI pendientes: el inmueble responde de las deudas de los cuatro años anteriores, aunque la deuda sea del vendedor.
- No pedir las bonificaciones a tiempo. Casi todas son rogadas, hay que solicitarlas antes del devengo y no se aplican solas.