Empadronamiento en Terrassa
Darse de alta en el Padrón Municipal de Habitantes de Terrassa, cambiar de domicilio dentro del municipio o pedir un volante o un certificado de empadronamiento. El padrón es el registro que acredita dónde vives, y de él dependen la tarjeta sanitaria, la escolarización, las ayudas municipales, el derecho a voto y buena parte de los trámites de extranjería. Empadronarse es obligatorio y gratuito, y no depende de que tengas la vivienda en propiedad ni de tu situación administrativa.
Ajuntament de Terrassa — Servei de Població
Coste
Gratuito. El alta, el cambio de domicilio, el volante y el certificado de empadronamiento no tienen tasa.
Plazo
Cita previa: Para el alta no es obligatoria, aunque quien no puede usar certificado digital puede pedirla en cualquiera de las siete oficinas de atención ciudadana, por web o llamando al 010, o al 937 397 031 desde fuera de Terrassa. Para el volante o el certificado presenciales sí hay que pedir cita. El Servei de Població atiende en el 937 397 000 y en padro.habitants@terrassa.cat. Alta y cambio de domicilio por internet: Sí, rellenando el formulario de la sede, que hay que firmar electrónicamente: un formulario por cada miembro, firmado por cada solicitante, o designando representante autorizado; por los menores firma el padre, la madre o el tutor legal. No hace falta certificado: con idCAT Mòbil se obtiene identificación y firma de forma inmediata. Si no adjuntas la documentación obligatoria el alta no se hace efectiva. Volante y certificado: El volante se genera al momento por internet con certificado digital o idCAT Mòbil, y presencialmente se entrega en el acto. El certificado individual también se descarga al momento con identificación digital. Los certificados posteriores a 1996 no tienen tasa; los anteriores sí, y se tramitan en cuatro pasos con llamada previa del Servei de Població. Quien vive fuera puede pedirlo en el ayuntamiento donde resida o por correo certificado a Raval de Montserrat 14, 08221 Terrassa, adjuntando fotocopia del DNI. A tener en cuenta en Terrassa: terrassa no admite el empadronamiento sin domicilio fijo, ni en coches o autocaravanas estacionados en la vía pública; las personas sin techo se dirigen a Servicios Sociales, que valoran el caso. Si el alta la tramita un representante, el Servei de Població puede inspeccionar el domicilio antes de darla. El compromiso municipal de resolución es de 50 días hábiles, el plazo legal de 3 meses y el silencio es positivo. Marcando una casilla en el impreso, el cambio de domicilio se comunica automáticamente a Hacienda, la Dirección General de la Policía, el INSS, la Tesorería de la Seguridad Social y la DGT, aunque en la DGT solo afecta a la base de conductores y no cambia el domicilio fiscal del vehículo.
Quién lo necesita
Cualquier persona que resida habitualmente en Terrassa y no esté empadronada, quien se mude dentro del municipio, y quien necesite acreditar su domicilio con un volante o un certificado.
Documentación
4 documentos · 3 obligatorios-
Documento de identidad en vigor de todas las personas que se empadronan Obligatorio
DNI o pasaporte para personas españolas; para personas de la Unión Europea, Noruega, Islandia, Liechtenstein o Suiza, el documento de identidad o el pasaporte del país junto con el certificado del Registro Central de Extranjeros; para el resto, la tarjeta de identidad de extranjero o, en su defecto, el pasaporte. El DNI es obligatorio a partir de los 14 años.
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Hoja de inscripción padronal firmada Obligatorio
La firman todas las personas mayores de edad que se inscriben. Es el impreso oficial del ayuntamiento, no vale una instancia genérica.
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Documento que acredita el domicilio Obligatorio
Si eres propietario, la escritura o el último recibo del IBI. Si eres inquilino, el contrato de arrendamiento en vigor y el último recibo del alquiler. Y si vives en casa de otra persona, su autorización firmada junto con copia de su documento de identidad y del título que acredite que la vivienda es suya o que la tiene alquilada.
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Libro de familia o certificado de nacimiento Si aplica
Para empadronar a menores de edad. Si solo firma uno de los progenitores hace falta el consentimiento del otro o una autorización judicial, y en su defecto la declaración responsable que el ayuntamiento facilita: un modelo cuando no hay resolución judicial sobre la guarda y custodia y otro cuando la resolución la atribuye en exclusiva a quien solicita. Con custodia compartida no basta la declaración responsable: hace falta el acuerdo de ambos o una resolución que se pronuncie sobre el empadronamiento.
Cuándo: Solo si se empadrona a personas menores de edad.
Errores que te hacen volver otro día
- Ir a la oficina sin el documento que acredita el domicilio, que es lo que más altas frena.
- Llevar fotocopias cuando la oficina pide los documentos en original.
- No comunicar el cambio de domicilio al mudarse dentro del mismo municipio: el padrón no se actualiza solo.
- Confundir el volante con el certificado. El volante es informativo; el certificado es un documento público y es el que piden cuando hace falta prueba fehaciente.
- Creer que hay que darse de baja en el municipio anterior. No hay que hacerlo: el alta en el nuevo ayuntamiento causa la baja automática en el anterior.