Vado permanente en Sevilla: licencia y tasa de entrada de vehículos
El vado es la licencia municipal que permite entrar y salir con el vehículo cruzando la acera y, sobre todo, que nadie aparque delante de tu puerta. Lo autoriza el Ayuntamiento de Sevilla y lleva aparejada una tasa anual, la de entrada de vehículos a través de las aceras del artículo 20.3.h) del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales. Sin licencia concedida y sin la placa colocada no hay derecho a reservar ese espacio: la grúa no retira un coche mal aparcado ante un vado que no existe. Sevilla cobra por plaza y al semestre, no al año: 17,51 € por plaza en calles de 1ª y 2ª categoría y 12,36 € en las de 3ª, 4ª y 5ª, para cocheras particulares y aparcamientos individuales. Los garajes de abonados o rotatorios y los aparcamientos de centros comerciales, hoteles o instalaciones deportivas pagan por capacidad, desde 57,00 € al semestre en calles de 1ª y 2ª con hasta 20 plazas hasta 1,50 € por cada plaza que exceda de 60. Aparte de la tasa periódica está la tarifa séptima: 95 € por la tramitación de la documentación técnica, la autorización y la entrega de la placa de vado permanente con inscripción municipal. Las altas a nombre de una comunidad de propietarios con NIF tienen una reducción del 15 % de la cuota, aplicable desde el periodo impositivo siguiente al de la solicitud.
Ayuntamiento de Sevilla
Coste
Sevilla cobra por plaza y al semestre, no al año: 17,51 € por plaza en calles de 1ª y 2ª categoría y 12,36 € en las de 3ª, 4ª y 5ª, para cocheras particulares y aparcamientos individuales. Los garajes de abonados o rotatorios y los aparcamientos de centros comerciales, hoteles o instalaciones deportivas pagan por capacidad, desde 57,00 € al semestre en calles de 1ª y 2ª con hasta 20 plazas hasta 1,50 € por cada plaza que exceda de 60. Aparte de la tasa periódica está la tarifa séptima: 95 € por la tramitación de la documentación técnica, la autorización y la entrega de la placa de vado permanente con inscripción municipal. Las altas a nombre de una comunidad de propietarios con NIF tienen una reducción del 15 % de la cuota, aplicable desde el periodo impositivo siguiente al de la solicitud.
Plazo
La licencia se pide antes de empezar a usar el paso, y la tasa se devenga desde que se concede. Es un tributo de cobro periódico: una vez concedida, se pasa al padrón y se cobra cada año sin volver a solicitarla. La baja no es automática al dejar de usar el garaje ni al vender el inmueble; hay que pedirla expresamente y retirar la placa, o la tasa se sigue devengando. La autorización la concede el Distrito municipal competente y a la solicitud hay que adjuntar la legalización del badén. Una vez concedida, hay un mes para acudir al Departamento de Gestión de Ingresos, darse de alta en la matrícula de la tasa y abonar la tarifa séptima; la Agencia Tributaria de Sevilla no entrega la placa hasta que ambas cosas están hechas, y colocarla corre por cuenta del interesado. El único modelo de placa autorizado es el del Reglamento General de Circulación con el número de licencia. Cuando la entrada se hace por más de un acceso se aplica la tarifa de la calle de mayor categoría y las demás autorizaciones pagan un 10 % fijo de la cuota. El periodo impositivo empieza el primer día del semestre en que se concede la licencia o se inicia el uso.
Quién lo necesita
Quien tiene en Sevilla un garaje, un local o una finca a la que se accede en coche cruzando la acera, y quiere que ese paso quede reservado. También quien compra una vivienda con vado ya concedido —la licencia no se hereda sola con el inmueble— y quien deja de usarlo y quiere dejar de pagar la tasa, que sigue devengándose hasta que se pide la baja.
Documentación
5 documentos · 4 obligatorios-
Solicitud de licencia de vado Obligatorio
Impreso del Ayuntamiento de Sevilla, con las medidas del paso y el uso al que da acceso, que es lo que el ayuntamiento comprueba antes de conceder la licencia. La autorización la concede el Distrito municipal competente y a la solicitud hay que adjuntar la legalización del badén.
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DNI, NIE o CIF de la persona titular Obligatorio
Y el documento que acredite la representación si la pide una comunidad de propietarios o una empresa. El titular de la licencia no tiene por qué ser el propietario del inmueble, pero sí quien responde de la tasa.
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Acreditación del inmueble: título, plano de situación y fotografía de la fachada Obligatorio
Escritura, nota simple, recibo del IBI o contrato de arrendamiento del garaje, local o finca a la que da acceso el vado, más el plano y la foto que sitúan la puerta y permiten comprobar el ancho real del paso y el estado de la acera antes de conceder la licencia. Una vez concedida, hay un mes para acudir al Departamento de Gestión de Ingresos, darse de alta en la matrícula de la tasa y abonar la tarifa séptima; la Agencia Tributaria de Sevilla no entrega la placa hasta que ambas cosas están hechas, y colocarla corre por cuenta del interesado. El único modelo de placa autorizado es el del Reglamento General de Circulación con el número de licencia. Cuando la entrada se hace por más de un acceso se aplica la tarifa de la calle de mayor categoría y las demás autorizaciones pagan un 10 % fijo de la cuota. El periodo impositivo empieza el primer día del semestre en que se concede la licencia o se inicia el uso.
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Licencia de la actividad o de primera ocupación Si aplica
Cuando el vado da acceso a un local con actividad económica o a una edificación que necesita acreditar que está legalmente ocupada.
Cuándo: Solo en locales de actividad y en edificaciones que deban acreditar la ocupación.
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Justificante del pago de la tasa y de la placa Obligatorio
La cuota sale de la ordenanza fiscal de Sevilla y se liquida al conceder la licencia; la placa homologada es lo que hace visible el vado, y sin ella colocada la reserva no es oponible a quien aparca. Sevilla cobra por plaza y al semestre, no al año: 17,51 € por plaza en calles de 1ª y 2ª categoría y 12,36 € en las de 3ª, 4ª y 5ª, para cocheras particulares y aparcamientos individuales. Los garajes de abonados o rotatorios y los aparcamientos de centros comerciales, hoteles o instalaciones deportivas pagan por capacidad, desde 57,00 € al semestre en calles de 1ª y 2ª con hasta 20 plazas hasta 1,50 € por cada plaza que exceda de 60.
Errores que te hacen volver otro día
- Creer que el vado se da de baja solo al dejar de usarlo o al vender el inmueble. Es un tributo de cobro periódico: mientras la licencia siga viva en el padrón del Ayuntamiento de Sevilla, la tasa se sigue devengando cada año aunque el garaje esté cerrado. La baja se pide expresamente y suele exigir devolver la placa y reponer el bordillo.
- Dar por buena una tarifa leída de otra ciudad o de un año anterior. La cuota la fija la ordenanza fiscal vigente de Sevilla, y es lo primero que hay que mirar antes de solicitar el vado o de presupuestar la obra.
- Pintar la señal por tu cuenta o usar una placa antigua. La reserva solo existe con la licencia concedida y la placa oficial numerada; una raya amarilla pintada sin autorización no da ningún derecho y puede ser infracción por ocupar el dominio público.
- Dar por hecho que el vado reserva plaza para ti. Lo que autoriza es el paso, y aparcar delante del propio vado solo es posible donde la ordenanza lo permite expresamente: hay ayuntamientos que conceden esa reserva a las viviendas unifamiliares con una acreditación de matrícula, y otros en los que ni el titular puede estacionar ahí.
- Pasar por alto lo que solo se aplica aquí. Aparte de la tasa periódica está la tarifa séptima: 95 € por la tramitación de la documentación técnica, la autorización y la entrega de la placa de vado permanente con inscripción municipal. Las altas a nombre de una comunidad de propietarios con NIF tienen una reducción del 15 % de la cuota, aplicable desde el periodo impositivo siguiente al de la solicitud.