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ARevo Trámites
Municipal Verificado el 25/08/2026 San Cristóbal de La Laguna

Empadronamiento en San Cristóbal de La Laguna

Darse de alta en el Padrón Municipal de Habitantes de San Cristóbal de La Laguna, cambiar de domicilio dentro del municipio o pedir un volante o un certificado de empadronamiento. El padrón es el registro que acredita dónde vives, y de él dependen la tarjeta sanitaria, la escolarización, las ayudas municipales, el derecho a voto y buena parte de los trámites de extranjería. Empadronarse es obligatorio y gratuito, y no depende de que tengas la vivienda en propiedad ni de tu situación administrativa.

Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna — Negociado de Estadística

Pedir cita previa

Coste

Gratuito. El alta, el cambio de domicilio, el volante y el certificado de empadronamiento no tienen tasa.

Plazo

Cita previa: Sí, en aytolalaguna.es/cita o llamando al 010, para las oficinas del SAC de San Agustín, La Cuesta, Taco, Tejina y Valle Guerra. Además de la cita presencial hay cita telefónica, en la que te llama un empleado municipal, y confirmación por email y SMS. Alta y cambio de domicilio por internet: Sí, desde la ficha del procedimiento en la sede, a través del registro electrónico. Para presentar registros son obligatorios el certificado digital o el DNIe. Volante y certificado: Se emiten y descargan desde la sede, pero ojo con un cambio reciente: desde el 6 de abril de 2026 ya no se pueden pedir certificados del padrón con usuario y contraseña de la carpeta ciudadana. Ahora hace falta certificado digital, Cl@ve Móvil, Cl@ve Permanente, DNI electrónico o identificación europea eIDAS. A tener en cuenta en San Cristóbal de La Laguna: el plazo de resolución es de 3 meses con silencio estimatorio, y resuelve la Alcaldía por decreto. Con custodia compartida no cabe empadronar mediante declaración responsable: hace falta el consentimiento mutuo o una resolución judicial que se pronuncie expresamente sobre el empadronamiento.

Quién lo necesita

Cualquier persona que resida habitualmente en San Cristóbal de La Laguna y no esté empadronada, quien se mude dentro del municipio, y quien necesite acreditar su domicilio con un volante o un certificado.

Documentación

5 documentos · 4 obligatorios
  • Documento de identidad en vigor de todas las personas que se empadronan Obligatorio

    DNI o pasaporte para personas españolas; para personas de la Unión Europea, Noruega, Islandia, Liechtenstein o Suiza, el documento de identidad o el pasaporte del país junto con el certificado del Registro Central de Extranjeros; para el resto, la tarjeta de identidad de extranjero o, en su defecto, el pasaporte. El DNI es obligatorio a partir de los 14 años.

  • Hoja de inscripción padronal firmada Obligatorio

    La firman todas las personas mayores de edad que se inscriben. Es el impreso oficial del ayuntamiento, no vale una instancia genérica.

  • Referencia catastral de la vivienda Obligatorio

    En La Laguna es un dato obligatorio de la solicitud. Se consulta gratis en la Sede Electrónica del Catastro.

  • Documento que acredita el domicilio Obligatorio

    En propiedad, escritura o recibo actualizado del IBI. En alquiler a tu nombre, contrato vigente con una duración mínima de seis meses más el último recibo. Si ya hay personas empadronadas, autorización de la persona principal ocupante ya inscrita, su documento de identidad y el último recibo de alquiler o del IBI. Si la vivienda es de alguien que no está inscrito, su autorización, el justificante de propiedad, su DNI y el último recibo del IBI. En un establecimiento colectivo, autorización del director o responsable.

  • Libro de familia o certificado de nacimiento Si aplica

    Para empadronar a menores de edad. Si solo firma uno de los progenitores hace falta el consentimiento del otro o una autorización judicial, y en su defecto la declaración responsable que el ayuntamiento facilita: un modelo cuando no hay resolución judicial sobre la guarda y custodia y otro cuando la resolución la atribuye en exclusiva a quien solicita. Con custodia compartida no basta la declaración responsable: hace falta el acuerdo de ambos o una resolución que se pronuncie sobre el empadronamiento.

    Cuándo: Solo si se empadrona a personas menores de edad.

Errores que te hacen volver otro día

  • Ir a la oficina sin el documento que acredita el domicilio, que es lo que más altas frena.
  • Llevar fotocopias cuando la oficina pide los documentos en original.
  • No comunicar el cambio de domicilio al mudarse dentro del mismo municipio: el padrón no se actualiza solo.
  • Confundir el volante con el certificado. El volante es informativo; el certificado es un documento público y es el que piden cuando hace falta prueba fehaciente.
  • Creer que hay que darse de baja en el municipio anterior. No hay que hacerlo: el alta en el nuevo ayuntamiento causa la baja automática en el anterior.