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ARevo Trámites
Autonómico Verificado el 19/08/2026 Región de Murcia

Reconocimiento del grado de discapacidad (Región de Murcia)

Solicitar el reconocimiento, declaración, calificación y revisión del grado de discapacidad ante el IMAS. Es el único territorio del Estado donde la solicitud inicial está sujeta a una tasa autonómica; las revisiones y las certificaciones están exentas.

Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) — equipos multiprofesionales de valoración

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Coste

Solicitud inicial sujeta a la tasa autonómica T-173: 10 € (con exenciones por ingresos bajos referidos al IPREM). Las solicitudes de revisión y de certificación del grado están exentas del pago.

Plazo

La solicitud se presenta en la Oficina de Información y Tramitación Especializada del IMAS, en la red de ventanillas únicas o por las vías del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. El IMAS admite la valoración por informe o telemática en casos de urgencia apreciada por los equipos multiprofesionales: problemas sociosanitarios graves, falta de movilidad o emergencia social. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de 6 meses desde la presentación de la solicitud (artículo 9 del Real Decreto 888/2022).

Quién lo necesita

Personas residentes en la Región de Murcia que necesitan el reconocimiento, la revisión o la certificación de su grado de discapacidad.

Documentación

4 documentos · 3 obligatorios
  • Solicitud de reconocimiento del grado de discapacidad Obligatorio

    Modelo oficial, presentado en línea (con certificado digital o Cl@ve) o presencialmente en el registro que corresponda.

  • Documento de identidad de la persona solicitante Obligatorio

    DNI, NIE o TIE en vigor.

  • Impreso de autoliquidación de la tasa T-173 e informes médicos Obligatorio

    El impreso de autoliquidación se descarga del portal de la CARM y acompaña a la solicitud inicial, junto con los informes que acreditan el diagnóstico.

  • Documento acreditativo de la representación Si aplica

    DNI del representante legal o guardador de hecho y documento que acredite la representación.

    Cuándo: Cuando la solicitud la presenta un representante o se trata de una persona menor de edad.

Errores que te hacen volver otro día

  • Confundir el grado de discapacidad con la incapacidad permanente de la Seguridad Social: son valoraciones distintas, de administraciones distintas, y una no sustituye a la otra.
  • Confundirlo con el reconocimiento de la situación de dependencia, que se solicita aparte y valora otra cosa.
  • Presentar la solicitud inicial sin el impreso de autoliquidación de la tasa T-173, o pagarla en una revisión, que está exenta.
  • Aportar informes médicos incompletos o antiguos, que no reflejan la situación actual.