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ARevo Trámites
Autonómico Verificado el 21/06/2026 Principado de Asturias

Reconocimiento de la situación de dependencia en el Principado de Asturias

Solicitar la valoración y reconocimiento del grado de dependencia (I, II o III) en el Principado de Asturias, conforme a la Ley 39/2006 (LAPAD). Es el paso previo para acceder a las prestaciones y servicios del SAAD.

Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias

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Coste

Gratuito.

Plazo

La resolución del grado debe emitirse en un plazo máximo de 6 meses. Tras el reconocimiento, se elabora el PIA (Programa Individual de Atención).

Quién lo necesita

Personas residentes en el Principado de Asturias que, por razón de edad, enfermedad o discapacidad, no pueden realizar por sí mismas las actividades básicas de la vida diaria de forma autónoma y necesitan apoyo continuado.

Documentación

4 documentos · 3 obligatorios
  • DNI, NIE o TIE del solicitante o representante legal Obligatorio

    Documento de identidad en vigor.

  • Informe de salud actualizado Obligatorio

    Emitido por el médico de cabecera o especialista, con antigüedad inferior a 3 meses.

  • Certificado de empadronamiento Obligatorio

    Para acreditar la residencia en el Principado de Asturias.

  • Documentación de representación legal Si aplica

    Si el solicitante no puede gestionar el trámite por sí mismo (tutela, curatela, poder notarial).

    Cuándo: Solo si actúa representante legal.

Errores que te hacen volver otro día

  • No aportar el informe médico actualizado, lo que retrasa la valoración.
  • No indicar el domicilio donde se realizará la valoración presencial del equipo.
  • No solicitar revisión del grado si la situación del dependiente empeora.
  • Confundir el reconocimiento de dependencia con el de discapacidad (son trámites distintos).