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ARevo Trámites
Estatal Verificado el 01/09/2026

Nacionalidad española por residencia

Solicitar la nacionalidad española tras residir de forma legal y continuada en España durante el periodo exigido (con carácter general 10 años, con reducciones para determinados supuestos como refugiados, nacionales de países iberoamericanos, cónyuges de español, etc.). La solicitud se presenta de forma telemática ante el Ministerio de Justicia.

Ministerio de Justicia

Servicio privado e independiente. No somos una administración pública. De dónde sale esta información.

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Coste

Tasa modelo 790-026: 104,05 € (importe actualizable por la Ley de Presupuestos Generales del Estado; confirmar el céntimo al generar el pago).

Plazo

Plazo legal de resolución: 1 año (DA 7ª de la Ley 19/2015). Transcurrido sin notificación, el silencio administrativo es negativo (solicitud desestimada).

Quién lo necesita

Personas extranjeras residentes legales en España que cumplen el periodo de residencia exigido y los requisitos de integración (pruebas DELE y CCSE del Instituto Cervantes, salvo exenciones).

Documentación

7 documentos · 6 obligatorios
  • Formulario oficial de solicitud de nacionalidad por residencia Obligatorio

    Solicitud telemática a través de la sede del Ministerio de Justicia.

  • Justificante de la tasa modelo 790-026 pagada Obligatorio

    Tasa por la tramitación de la solicitud de nacionalidad por residencia.

  • Certificado de nacimiento del país de origen Obligatorio

    Legalizado/apostillado y traducido al español.

  • Certificado de antecedentes penales del país de origen Obligatorio

    Legalizado/apostillado y traducido; debe estar en vigor.

  • TIE o certificado de residencia en vigor Obligatorio

    Acredita la residencia legal en España.

  • Certificado de empadronamiento Obligatorio

    Acredita el domicilio actual en España.

  • Diplomas DELE (A2 o superior) y CCSE del Instituto Cervantes Si aplica

    Pruebas de conocimiento del idioma y de conocimientos constitucionales y socioculturales.

    Cuándo: Salvo exenciones (p. ej. nacionales de países hispanohablantes quedan exentos del DELE).

Errores que te hacen volver otro día

  • Presentar certificados extranjeros sin legalizar/apostillar o sin traducción jurada.
  • Solicitar sin haber superado las pruebas DELE/CCSE cuando son exigibles.
  • Dejar caducar el certificado de antecedentes penales del país de origen durante la tramitación.