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ARevo Trámites
Municipal Verificado el 06/09/2026 Jerez de la Frontera

Vado permanente en Jerez de la Frontera: licencia y tasa de entrada de vehículos

El vado es la licencia municipal que permite entrar y salir con el vehículo cruzando la acera y, sobre todo, que nadie aparque delante de tu puerta. Lo autoriza el Ayuntamiento de Jerez y lleva aparejada una tasa anual, la de entrada de vehículos a través de las aceras del artículo 20.3.h) del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales. Sin licencia concedida y sin la placa colocada no hay derecho a reservar ese espacio: la grúa no retira un coche mal aparcado ante un vado que no existe. La tarifa del artículo 6 se calcula por metros de puerta de entrada y AL SEMESTRE, no al año como en la mayoría de ciudades, y distingue si hay que modificar la acera o el bordillo. Sin modificación: 55,85 € hasta 3 metros, 90,95 € hasta 4 y 140,05 € hasta 5. Con modificación de acera o bordillo: 69,70 €, 104,00 € y 157,30 € respectivamente. Cada metro o fracción que exceda de 5 añade 35,10 €. Si además hay que prohibir el aparcamiento más allá de la puerta con cualquier señalización, se suma la tarifa de reserva de vía pública por el espacio señalizado.

Ayuntamiento de Jerez

Coste

La tarifa del artículo 6 se calcula por metros de puerta de entrada y AL SEMESTRE, no al año como en la mayoría de ciudades, y distingue si hay que modificar la acera o el bordillo. Sin modificación: 55,85 € hasta 3 metros, 90,95 € hasta 4 y 140,05 € hasta 5. Con modificación de acera o bordillo: 69,70 €, 104,00 € y 157,30 € respectivamente. Cada metro o fracción que exceda de 5 añade 35,10 €. Si además hay que prohibir el aparcamiento más allá de la puerta con cualquier señalización, se suma la tarifa de reserva de vía pública por el espacio señalizado.

Plazo

La licencia se pide antes de empezar a usar el paso, y la tasa se devenga desde que se concede. Es un tributo de cobro periódico: una vez concedida, se pasa al padrón y se cobra cada año sin volver a solicitarla. La baja no es automática al dejar de usar el garaje ni al vender el inmueble; hay que pedirla expresamente y retirar la placa, o la tasa se sigue devengando. Los propietarios de las fincas y locales a los que dan acceso las entradas de vehículos a través de las aceras son sustitutos del contribuyente. La ordenanza detalla además supuestos en los que no se produce aprovechamiento especial y por tanto no se devenga la tasa.

Quién lo necesita

Quien tiene en Jerez de la Frontera un garaje, un local o una finca a la que se accede en coche cruzando la acera, y quiere que ese paso quede reservado. También quien compra una vivienda con vado ya concedido —la licencia no se hereda sola con el inmueble— y quien deja de usarlo y quiere dejar de pagar la tasa, que sigue devengándose hasta que se pide la baja.

Documentación

5 documentos · 4 obligatorios
  • Solicitud de licencia de vado Obligatorio

    Impreso del Ayuntamiento de Jerez, con el ancho del paso y el uso al que da acceso: son los datos con los que se calcula la cuota, así que declarar de más se paga cada año. Los propietarios de las fincas y locales a los que dan acceso las entradas de vehículos a través de las aceras son sustitutos del contribuyente.

  • DNI, NIE o CIF de la persona titular Obligatorio

    Y el documento que acredite la representación si la pide una comunidad de propietarios o una empresa. El titular de la licencia no tiene por qué ser el propietario del inmueble, pero sí quien responde de la tasa.

  • Acreditación del inmueble: título, plano de situación y fotografía de la fachada Obligatorio

    Escritura, nota simple, recibo del IBI o contrato de arrendamiento del garaje, local o finca a la que da acceso el vado, más el plano y la foto que sitúan la puerta y permiten comprobar el ancho real del paso y el estado de la acera antes de conceder la licencia. La ordenanza detalla además supuestos en los que no se produce aprovechamiento especial y por tanto no se devenga la tasa.

  • Licencia de la actividad o de primera ocupación Si aplica

    Cuando el vado da acceso a un local con actividad económica o a una edificación que necesita acreditar que está legalmente ocupada.

    Cuándo: Solo en locales de actividad y en edificaciones que deban acreditar la ocupación.

  • Justificante del pago de la tasa y de la placa Obligatorio

    La cuota sale de la ordenanza fiscal de Jerez de la Frontera y se liquida al conceder la licencia; la placa homologada es lo que hace visible el vado, y sin ella colocada la reserva no es oponible a quien aparca. La tarifa del artículo 6 se calcula por metros de puerta de entrada y AL SEMESTRE, no al año como en la mayoría de ciudades, y distingue si hay que modificar la acera o el bordillo. Sin modificación: 55,85 € hasta 3 metros, 90,95 € hasta 4 y 140,05 € hasta 5.

Errores que te hacen volver otro día

  • Creer que el vado se da de baja solo al dejar de usarlo o al vender el inmueble. Es un tributo de cobro periódico: mientras la licencia siga viva en el padrón del Ayuntamiento de Jerez, la tasa se sigue devengando cada año aunque el garaje esté cerrado. La baja se pide expresamente y suele exigir devolver la placa y reponer el bordillo.
  • Declarar más ancho del que se usa. En Jerez de la Frontera la tarifa se calcula por metros, así que cada metro de más se paga todos los años mientras dure la licencia.
  • Pintar la señal por tu cuenta o usar una placa antigua. La reserva solo existe con la licencia concedida y la placa oficial numerada; una raya amarilla pintada sin autorización no da ningún derecho y puede ser infracción por ocupar el dominio público.
  • Dar por hecho que el vado reserva plaza para ti. Lo que autoriza es el paso, y aparcar delante del propio vado solo es posible donde la ordenanza lo permite expresamente: hay ayuntamientos que conceden esa reserva a las viviendas unifamiliares con una acreditación de matrícula, y otros en los que ni el titular puede estacionar ahí.
  • Pasar por alto lo que solo se aplica aquí. Con modificación de acera o bordillo: 69,70 €, 104,00 € y 157,30 € respectivamente. Cada metro o fracción que exceda de 5 añade 35,10 €. Si además hay que prohibir el aparcamiento más allá de la puerta con cualquier señalización, se suma la tarifa de reserva de vía pública por el espacio señalizado.