Reconeixement de la situació de dependència a les Illes Balears
Solicitar la valoración y reconocimiento del grado de dependencia al amparo de la Ley 39/2006 (LAPAD) en les Illes Balears, para acceder a los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).
Conselleria d'Afers Socials i Drets Socials — Govern de les Illes Balears
Coste
Gratuito.
Plazo
El plazo legal de resolución es de 6 meses desde la solicitud. El reconocimiento es de duración indefinida, salvo revisión.
Quién lo necesita
Personas con limitaciones en su autonomía personal que necesiten ayuda de terceros para las actividades básicas de la vida diaria, y sus familiares o representantes legales.
Documentación
5 documentos · 3 obligatorios-
DNI, NIE o TIE de la persona dependiente Obligatorio
Documento de identidad en vigor.
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Informe de salud actualizado Obligatorio
Emitido por el médico de cabecera o especialista, que refleje las limitaciones funcionales.
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Informe social (si se dispone) Si aplica
Emitido por el trabajador social del municipio o centro de salud.
Cuándo: Recomendable para fundamentar la solicitud.
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Certificado de empadronamiento Obligatorio
Para acreditar la residencia en les Illes Balears.
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Documentación del representante legal o tutor Si aplica
Cuando la persona dependiente no pueda presentar la solicitud por sí misma.
Cuándo: Si la solicitud la presenta un representante.
Errores que te hacen volver otro día
- Presentar un informe médico desactualizado o incompleto.
- No solicitar también la elaboración del PIA (Plan Individual de Atención) tras el reconocimiento.
- Confundir el grado de dependencia con el de discapacidad (son trámites distintos).
- No recurrir en plazo si el grado reconocido no se corresponde con la situación real.