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ARevo Trámites
Autonómico Verificado el 13/06/2026 Illes Balears

Registro de Parejas Estables (Illes Balears)

Inscribir una pareja estable en el Registre de Parelles Estables de les Illes Balears (Llei 18/2001, de parejas estables, y Decret 112/2002 que crea el Registro). La inscripción tiene carácter constitutivo cuando al menos uno de los miembros tiene veïnatge civil balear y ambos se someten expresamente al régimen de la Llei 18/2001 (entonces la ley se les aplica plenamente); tiene carácter declarativo cuando ninguno tiene esa vecindad.

Govern de les Illes Balears — Registre de Parelles Estables de les Illes Balears

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Coste

Sujeto a tasa autonómica de inscripción, que se liquida mediante el modelo 046 de la ATIB (Agència Tributària de les Illes Balears) al cumplimentar la solicitud en la sede.

Plazo

La inscripción tiene carácter constitutivo cuando al menos uno de los miembros tiene veïnatge civil balear y ambos se someten expresamente al régimen de la Llei 18/2001: en ese caso, la pareja estable produce efectos desde la inscripción y la ley se les aplica plenamente. Cuando ninguno tiene veïnatge civil balear, la inscripción tiene carácter declarativo.

Quién lo necesita

Parejas que conviven de forma estable en las Illes Balears, en las que al menos un miembro tiene veïnatge civil balear, y quieren formalizar su unión sin contraer matrimonio, para efectos como permisos, acreditación de la relación o beneficios reconocidos por la normativa autonómica.

Documentación

5 documentos · 5 obligatorios
  • Solicitud de inscripción en el Registre de Parelles Estables Obligatorio

    Modelo oficial del Govern de les Illes Balears, firmado por ambos miembros, con declaración responsable de estado civil.

  • Documento de identidad en vigor de ambos Obligatorio

    DNI, NIE/TIE o pasaporte.

  • Acreditación del veïnatge civil balear de al menos uno de los miembros Obligatorio

    Certificado que acredite el veïnatge civil balear de, como mínimo, uno de los dos miembros de la pareja (requisito para la aplicación de la Llei 18/2001).

  • Justificante del pago de la tasa Obligatorio

    Tasa autonómica de inscripción liquidada mediante el modelo 046 de la ATIB.

  • Acreditación del estado civil y de la capacidad Obligatorio

    Documentación que acredite no estar unidos por matrimonio ni en otra pareja estable y cumplir los requisitos de capacidad de la Llei 18/2001 (en su caso, certificación de emancipación).

Errores que te hacen volver otro día

  • Creer que basta con convivir: para que la Llei 18/2001 se aplique plenamente hay que inscribirse y, al menos uno, tener veïnatge civil balear.
  • Desconocer el requisito de veïnatge civil balear de, como mínimo, uno de los miembros.
  • No abonar la tasa de inscripción (modelo 046).
  • Aplicar requisitos o documentación de otra comunidad autónoma.