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ARevo Trámites
Municipal Verificado el 28/08/2026 Fuenlabrada

Tributos locales en Fuenlabrada: IBI, IVTM y plusvalía

Los tres impuestos municipales que paga casi todo el mundo en Fuenlabrada: el IBI, que grava tener un inmueble; el impuesto de vehículos (IVTM), que grava tener un coche domiciliado en el municipio; y la plusvalía municipal, que se paga al vender, heredar o recibir en donación un terreno urbano. Los dos primeros son de padrón y se cobran solos cada año en un periodo fijo; la plusvalía la declaras tú cuando hay transmisión.

Ayuntamiento de Fuenlabrada — Gestión Tributaria

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Coste

Depende del tributo. El tipo del IBI urbano es el 0,4000 % (art. 8.1 de la Ordenanza Fiscal nº 1), uno de los más bajos del país. Pero ojo al salto: el tipo diferenciado es del 1,23 %, más del triple, y se aplica al 10 % de mayor valor catastral de cada uso no residencial por encima de su umbral —198.000 € en comercial, 630.000 € en industrial, 300.000 € en oficinas y así hasta 7.650.000 € en edificios singulares—. El rústico va al 0,7262 % y los bienes de características especiales al 1,3 %. El recargo por vivienda desocupada es de los más duros: 50 % de la cuota líquida a partir de 2 años e inscrita en el censo autonómico, 100 % si la desocupación es más prolongada y 150 % si el titular tiene varias viviendas vacías en Fuenlabrada; se devenga el 31 de diciembre. Un turismo de menos de 8 caballos fiscales paga 12,62 € —la cuota mínima legal, sin incremento— y uno de 8 a 11,99 CVF paga 61,51 € (Ordenanza Fiscal nº 2). La plusvalía municipal tiene dos tipos: el 30 % si han pasado 5 años o menos desde la última transmisión y el 13,80 % para el resto (art. 8.1 de la Ordenanza Fiscal nº 5). Esa diferencia hace que el momento de vender pese mucho.

Plazo

IBI: El tipo del IBI urbano es el 0,4000 % (art. 8.1 de la Ordenanza Fiscal nº 1), uno de los más bajos del país. Pero ojo al salto: el tipo diferenciado es del 1,23 %, más del triple, y se aplica al 10 % de mayor valor catastral de cada uso no residencial por encima de su umbral —198.000 € en comercial, 630.000 € en industrial, 300.000 € en oficinas y así hasta 7.650.000 € en edificios singulares—. El rústico va al 0,7262 % y los bienes de características especiales al 1,3 %. El recargo por vivienda desocupada es de los más duros: 50 % de la cuota líquida a partir de 2 años e inscrita en el censo autonómico, 100 % si la desocupación es más prolongada y 150 % si el titular tiene varias viviendas vacías en Fuenlabrada; se devenga el 31 de diciembre. IVTM: Un turismo de menos de 8 caballos fiscales paga 12,62 € —la cuota mínima legal, sin incremento— y uno de 8 a 11,99 CVF paga 61,51 € (Ordenanza Fiscal nº 2). Plusvalía: La plusvalía municipal tiene dos tipos: el 30 % si han pasado 5 años o menos desde la última transmisión y el 13,80 % para el resto (art. 8.1 de la Ordenanza Fiscal nº 5). Esa diferencia hace que el momento de vender pese mucho. Calendario y pago: El IVTM se paga del 1 de marzo al 30 de abril y el IBI urbano en un único periodo, del 1 de junio al 31 de julio, por el 100 % de la cuota. Hay Planes Personalizados de Pago de 2, 6 o 10 plazos, con domiciliación obligatoria y una bonificación del 5 % de las cuotas incluidas, con un máximo global de 45 € por plan; el alta se pide antes del 15 de abril.

Quién lo necesita

Quien tiene un inmueble en Fuenlabrada, quien tiene el coche domiciliado allí, y quien vende, hereda o dona un inmueble urbano del municipio.

Documentación

5 documentos · 1 obligatorios
  • Documento de identidad Obligatorio

    DNI, NIE o pasaporte en vigor de la persona titular o de quien la represente.

  • Referencia catastral del inmueble Si aplica

    Aparece en el recibo del IBI y en la escritura, y se consulta gratis en la Sede Electrónica del Catastro. Es lo que identifica el inmueble en cualquier gestión.

    Cuándo: Para los trámites del IBI y para la plusvalía.

  • Permiso de circulación y ficha técnica del vehículo Si aplica

    Para altas, bajas, cambios de titular y domiciliaciones del impuesto de vehículos.

    Cuándo: Para los trámites del IVTM.

  • Escrituras de adquisición y de transmisión Si aplica

    Las dos: la de cuando se compró o heredó el inmueble y la de ahora. Sin la de adquisición no se puede calcular si hubo pérdida, que es lo que permite no pagar.

    Cuándo: Para la plusvalía municipal.

  • Número de cuenta para domiciliar Si aplica

    El IBAN de la cuenta donde se cargarán los recibos.

    Cuándo: Solo si vas a domiciliar o a acogerte a un plan de pago fraccionado.

Errores que te hacen volver otro día

  • Dejar pasar el periodo voluntario. Después entra el recargo de apremio, que sube con el retraso, y el importe ya no se negocia.
  • Vender o comprar un coche y no cambiar la titularidad del IVTM: el impuesto sigue yendo a nombre de quien figura en el padrón el 1 de enero.
  • Creer que la plusvalía se paga siempre. Desde la reforma de 2021 no hay que pagarla si no ha habido incremento de valor, pero hay que declararlo y probarlo con las dos escrituras.
  • Comprar un inmueble y no comprobar si tiene recibos de IBI pendientes: el inmueble responde de las deudas de los cuatro años anteriores, aunque la deuda sea del vendedor.
  • No pedir las bonificaciones a tiempo. Casi todas son rogadas, hay que solicitarlas antes del devengo y no se aplican solas.