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ARevo Trámites
Municipal Verificado el 25/08/2026 Dos Hermanas

Empadronamiento en Dos Hermanas

Darse de alta en el Padrón Municipal de Habitantes de Dos Hermanas, cambiar de domicilio dentro del municipio o pedir un volante o un certificado de empadronamiento. El padrón es el registro que acredita dónde vives, y de él dependen la tarjeta sanitaria, la escolarización, las ayudas municipales, el derecho a voto y buena parte de los trámites de extranjería. Empadronarse es obligatorio y gratuito, y no depende de que tengas la vivienda en propiedad ni de tu situación administrativa.

Ayuntamiento de Dos Hermanas — Padrón de Habitantes

Pedir cita previa

Coste

Gratuito. El alta, el cambio de domicilio, el volante y el certificado de empadronamiento no tienen tasa.

Plazo

Cita previa: Desde diciembre de 2025 la Casa Consistorial atiende sin cita previa, con un número limitado de turnos al día, siempre que lleves toda la documentación y estén presentes todos los adultos que se empadronan. En la Oficina Municipal de Montequinto la cita sí es obligatoria. Se pide en cita.doshermanas.es, apartado «Padrón de habitantes», o llamando al 954 919 508 o al 954 919 500. Alta y cambio de domicilio por internet: Sí, con tramitación online en la sede. Exige que la hoja de inscripción padronal no esté manuscrita y vaya firmada digitalmente por todos los mayores de edad que se inscriben o autorizan, y que los documentos se adjunten en PDF tamaño A4. Volante y certificado: Se piden desde el área privada de la sede, en «Certificados del padrón de habitantes», que requiere identificación. El certificado colectivo o histórico declara un plazo de resolución de 3 meses. Tras un alta correcta, el Ayuntamiento remite un volante por correo electrónico. A tener en cuenta en Dos Hermanas: cuidado con un motivo de nulidad propio de Dos Hermanas: la solicitud es nula si el arrendador que figura en el contrato no es el propietario o su representante legal. Las viviendas no calificadas como urbanas, las municipales y las ocupadas sin título se tramitan por instancia como «empadronamiento en campo». El plazo de resolución es de 3 meses.

Quién lo necesita

Cualquier persona que resida habitualmente en Dos Hermanas y no esté empadronada, quien se mude dentro del municipio, y quien necesite acreditar su domicilio con un volante o un certificado.

Documentación

4 documentos · 3 obligatorios
  • Documento de identidad en vigor de todas las personas que se empadronan Obligatorio

    DNI o pasaporte para personas españolas; para personas de la Unión Europea, Noruega, Islandia, Liechtenstein o Suiza, el documento de identidad o el pasaporte del país junto con el certificado del Registro Central de Extranjeros; para el resto, la tarjeta de identidad de extranjero o, en su defecto, el pasaporte. El DNI es obligatorio a partir de los 14 años.

  • Hoja de inscripción padronal firmada Obligatorio

    La firman todas las personas mayores de edad que se inscriben. Es el impreso oficial del ayuntamiento, no vale una instancia genérica.

  • Documento que acredita el domicilio Obligatorio

    Si eres propietario, escritura o nota del Registro. Si eres inquilino, contrato en vigor con una duración mínima de seis meses, más el recibo del alquiler si el contrato tiene más de 3 meses, con el arrendador, el arrendatario, la dirección y el mes pagado. Si vives en casa de otra persona, firma del empadronado mayor de edad en la casilla de la solicitud y fotocopia de su DNI; si autoriza el propietario y no está empadronado, autorización y DNI; y si quien autoriza está empadronado pero no es titular, tiene que autorizar además el titular aunque no viva allí.

  • Libro de familia o certificado de nacimiento Si aplica

    Para empadronar a menores de edad. Si solo firma uno de los progenitores hace falta el consentimiento del otro o una autorización judicial, y en su defecto la declaración responsable que el ayuntamiento facilita: un modelo cuando no hay resolución judicial sobre la guarda y custodia y otro cuando la resolución la atribuye en exclusiva a quien solicita. Con custodia compartida no basta la declaración responsable: hace falta el acuerdo de ambos o una resolución que se pronuncie sobre el empadronamiento.

    Cuándo: Solo si se empadrona a personas menores de edad.

Errores que te hacen volver otro día

  • Ir a la oficina sin el documento que acredita el domicilio, que es lo que más altas frena.
  • Llevar fotocopias cuando la oficina pide los documentos en original.
  • No comunicar el cambio de domicilio al mudarse dentro del mismo municipio: el padrón no se actualiza solo.
  • Confundir el volante con el certificado. El volante es informativo; el certificado es un documento público y es el que piden cuando hace falta prueba fehaciente.
  • Creer que hay que darse de baja en el municipio anterior. No hay que hacerlo: el alta en el nuevo ayuntamiento causa la baja automática en el anterior.