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ARevo Trámites
Municipal Verificado el 06/09/2026 Cuenca

Vado permanente en Cuenca: licencia y tasa de entrada de vehículos

El vado es la licencia municipal que permite entrar y salir con el vehículo cruzando la acera y, sobre todo, que nadie aparque delante de tu puerta. Lo autoriza el Ayuntamiento de Cuenca y lleva aparejada una tasa anual, la de entrada de vehículos a través de las aceras del artículo 20.3.h) del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales. Sin licencia concedida y sin la placa colocada no hay derecho a reservar ese espacio: la grúa no retira un coche mal aparcado ante un vado que no existe. La Ordenanza Fiscal nº 13 de Cuenca no publica una tarifa cerrada: calcula el paso de vehículos con la fórmula Cuota = MB × S × FCC × CAA × CRGC × CCU, donde MB es un módulo básico de 20,58 € por metro lineal, S la superficie lineal ocupada —2,5 metros por entrada, salvo que la medición real dé otra—, FCC el factor de la categoría de calle (3,00 en 1ª, 2,60 en 2ª, 2,40 en 3ª, 2,00 en 4ª y 1,80 en 5ª) y CAA el coeficiente de uso (1,00 residencial, 1,33 oficinas, 2,00 comercial y 2,85 industrial). En las calles de 3ª, 4ª y 5ª se aplica además un coeficiente reductor del 10 %, del 25 % y del 50 %; el propio ejemplo de la ordenanza, para una entrada residencial de una a cinco plazas, da 154 € al año en calles de 1ª categoría y 46,31 € en las de 5ª. El número de plazas encarece la cuota por tramos: un 100 % más de seis a quince plazas, un 50 % más de dieciséis a veinte y un 5 % por plaza a partir de veintiuna, con un tope por metro lineal que va de 823,20 € en 1ª categoría a 493,92 € en 5ª. La autorización municipal de vado permanente se cobra además aparte de todo lo anterior: 175,90 € por cada una y año, más 39,21 € por la placa, y se pagan tantas cuotas como entradas o salidas tenga el edificio. Los garajes públicos pagan 4,90 € por plaza y año, y los garajes de vehículos pesados el doble de la cuota que les corresponda.

Ayuntamiento de Cuenca

Coste

La Ordenanza Fiscal nº 13 de Cuenca no publica una tarifa cerrada: calcula el paso de vehículos con la fórmula Cuota = MB × S × FCC × CAA × CRGC × CCU, donde MB es un módulo básico de 20,58 € por metro lineal, S la superficie lineal ocupada —2,5 metros por entrada, salvo que la medición real dé otra—, FCC el factor de la categoría de calle (3,00 en 1ª, 2,60 en 2ª, 2,40 en 3ª, 2,00 en 4ª y 1,80 en 5ª) y CAA el coeficiente de uso (1,00 residencial, 1,33 oficinas, 2,00 comercial y 2,85 industrial). En las calles de 3ª, 4ª y 5ª se aplica además un coeficiente reductor del 10 %, del 25 % y del 50 %; el propio ejemplo de la ordenanza, para una entrada residencial de una a cinco plazas, da 154 € al año en calles de 1ª categoría y 46,31 € en las de 5ª. El número de plazas encarece la cuota por tramos: un 100 % más de seis a quince plazas, un 50 % más de dieciséis a veinte y un 5 % por plaza a partir de veintiuna, con un tope por metro lineal que va de 823,20 € en 1ª categoría a 493,92 € en 5ª. La autorización municipal de vado permanente se cobra además aparte de todo lo anterior: 175,90 € por cada una y año, más 39,21 € por la placa, y se pagan tantas cuotas como entradas o salidas tenga el edificio. Los garajes públicos pagan 4,90 € por plaza y año, y los garajes de vehículos pesados el doble de la cuota que les corresponda.

Plazo

La licencia se pide antes de empezar a usar el paso, y la tasa se devenga desde que se concede. Es un tributo de cobro periódico: una vez concedida, se pasa al padrón y se cobra cada año sin volver a solicitarla. La baja no es automática al dejar de usar el garaje ni al vender el inmueble; hay que pedirla expresamente y retirar la placa, o la tasa se sigue devengando. La tasa se autoliquida y se ingresa antes de retirar la licencia: la solicitud no se tramita sin haber pagado, y se acompaña de un plano detallado del aprovechamiento y de su situación. No hay exenciones ni bonificaciones salvo las que imponga una ley, y para cualquier beneficio fiscal hay que estar al corriente de las deudas de derecho público con el municipio. El devengo es el 1 de enero y el periodo impositivo el año natural, con prorrateo semestral de la cuota en el inicio y en el cese. Una vez autorizada, la ocupación se entiende prorrogada mientras no se presente la declaración de baja, y a partir del segundo año se cobra por recibo del padrón.

Quién lo necesita

Quien tiene en Cuenca un garaje, un local o una finca a la que se accede en coche cruzando la acera, y quiere que ese paso quede reservado. También quien compra una vivienda con vado ya concedido —la licencia no se hereda sola con el inmueble— y quien deja de usarlo y quiere dejar de pagar la tasa, que sigue devengándose hasta que se pide la baja.

Documentación

5 documentos · 4 obligatorios
  • Solicitud de licencia de vado Obligatorio

    Impreso del Ayuntamiento de Cuenca, con el ancho del paso y el uso al que da acceso: son los datos con los que se calcula la cuota, así que declarar de más se paga cada año. La tasa se autoliquida y se ingresa antes de retirar la licencia: la solicitud no se tramita sin haber pagado, y se acompaña de un plano detallado del aprovechamiento y de su situación.

  • DNI, NIE o CIF de la persona titular Obligatorio

    Y el documento que acredite la representación si la pide una comunidad de propietarios o una empresa. El titular de la licencia no tiene por qué ser el propietario del inmueble, pero sí quien responde de la tasa.

  • Acreditación del inmueble: título, plano de situación y fotografía de la fachada Obligatorio

    Escritura, nota simple, recibo del IBI o contrato de arrendamiento del garaje, local o finca a la que da acceso el vado, más el plano y la foto que sitúan la puerta y permiten comprobar el ancho real del paso y el estado de la acera antes de conceder la licencia. No hay exenciones ni bonificaciones salvo las que imponga una ley, y para cualquier beneficio fiscal hay que estar al corriente de las deudas de derecho público con el municipio. El devengo es el 1 de enero y el periodo impositivo el año natural, con prorrateo semestral de la cuota en el inicio y en el cese. Una vez autorizada, la ocupación se entiende prorrogada mientras no se presente la declaración de baja, y a partir del segundo año se cobra por recibo del padrón.

  • Licencia de la actividad o de primera ocupación Si aplica

    Cuando el vado da acceso a un local con actividad económica o a una edificación que necesita acreditar que está legalmente ocupada.

    Cuándo: Solo en locales de actividad y en edificaciones que deban acreditar la ocupación.

  • Justificante del pago de la tasa y de la placa Obligatorio

    La cuota sale de la ordenanza fiscal de Cuenca y se liquida al conceder la licencia; la placa homologada es lo que hace visible el vado, y sin ella colocada la reserva no es oponible a quien aparca. La Ordenanza Fiscal nº 13 de Cuenca no publica una tarifa cerrada: calcula el paso de vehículos con la fórmula Cuota = MB × S × FCC × CAA × CRGC × CCU, donde MB es un módulo básico de 20,58 € por metro lineal, S la superficie lineal ocupada —2,5 metros por entrada, salvo que la medición real dé otra—, FCC el factor de la categoría de calle (3,00 en 1ª, 2,60 en 2ª, 2,40 en 3ª, 2,00 en 4ª y 1,80 en 5ª) y CAA el coeficiente de uso (1,00 residencial, 1,33 oficinas, 2,00 comercial y 2,85 industrial). En las calles de 3ª, 4ª y 5ª se aplica además un coeficiente reductor del 10 %, del 25 % y del 50 %; el propio ejemplo de la ordenanza, para una entrada residencial de una a cinco plazas, da 154 € al año en calles de 1ª categoría y 46,31 € en las de 5ª.

Errores que te hacen volver otro día

  • Creer que el vado se da de baja solo al dejar de usarlo o al vender el inmueble. Es un tributo de cobro periódico: mientras la licencia siga viva en el padrón del Ayuntamiento de Cuenca, la tasa se sigue devengando cada año aunque el garaje esté cerrado. La baja se pide expresamente y suele exigir devolver la placa y reponer el bordillo.
  • Declarar más ancho del que se usa. En Cuenca la tarifa se calcula por metros, así que cada metro de más se paga todos los años mientras dure la licencia.
  • Pintar la señal por tu cuenta o usar una placa antigua. La reserva solo existe con la licencia concedida y la placa oficial numerada; una raya amarilla pintada sin autorización no da ningún derecho y puede ser infracción por ocupar el dominio público.
  • Dar por hecho que el vado reserva plaza para ti. Lo que autoriza es el paso, y aparcar delante del propio vado solo es posible donde la ordenanza lo permite expresamente: hay ayuntamientos que conceden esa reserva a las viviendas unifamiliares con una acreditación de matrícula, y otros en los que ni el titular puede estacionar ahí.
  • Pasar por alto lo que solo se aplica aquí. El número de plazas encarece la cuota por tramos: un 100 % más de seis a quince plazas, un 50 % más de dieciséis a veinte y un 5 % por plaza a partir de veintiuna, con un tope por metro lineal que va de 823,20 € en 1ª categoría a 493,92 € en 5ª. La autorización municipal de vado permanente se cobra además aparte de todo lo anterior: 175,90 € por cada una y año, más 39,21 € por la placa, y se pagan tantas cuotas como entradas o salidas tenga el edificio. Los garajes públicos pagan 4,90 € por plaza y año, y los garajes de vehículos pesados el doble de la cuota que les corresponda.