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ARevo Trámites
Autonómico Verificado el 15/06/2026 Canarias

Título de Familia Monoparental (Canarias)

Solicitar el Título de Familia Monoparental de Canarias, que reconoce la condición de familia monoparental y otorga acceso a bonificaciones y beneficios sociales específicos de la normativa canaria. El título es distinto del Título de Familia Numerosa; el Gobierno de Canarias emite el carné correspondiente tras la resolución favorable.

Gobierno de Canarias — Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud

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Coste

Gratuito.

Plazo

La resolución se emite en el plazo establecido por la normativa canaria. El título tiene una validez determinada y debe renovarse si cambian las circunstancias familiares.

Quién lo necesita

Familias con un único progenitor que tiene a su cargo uno o más hijos o hijas dependientes, con residencia en Canarias. También aplicable cuando la guarda y custodia es exclusiva de un progenitor tras separación o divorcio.

Documentación

5 documentos · 4 obligatorios
  • Solicitud del Título de Familia Monoparental Obligatorio

    Formulario oficial de la Consejería de Derechos Sociales, disponible en la sede electrónica del Gobierno de Canarias o en las oficinas de atención ciudadana.

  • DNI/NIE/TIE del progenitor solicitante Obligatorio

    Documento de identidad en vigor.

  • Libro de familia o certificados de nacimiento de los hijos Obligatorio

    Acredita la filiación y los hijos a cargo.

  • Certificado de empadronamiento de la unidad familiar en Canarias Obligatorio

    Acredita la residencia habitual del progenitor y los menores en Canarias.

  • Sentencia de divorcio o separación o convenio regulador (si procede) Si aplica

    Cuando la monoparentalidad deriva de separación o divorcio, con guarda y custodia exclusiva.

    Cuándo: Solo en caso de separación o divorcio con custodia exclusiva.

Errores que te hacen volver otro día

  • No renovar el título cuando algún hijo deja de cumplir los requisitos.
  • Confundir el Título de Familia Monoparental con el Título de Familia Numerosa (son reconocimientos distintos).
  • Aplicar normativa de otra CCAA: cada comunidad tiene sus propios requisitos y denominaciones.
  • No comunicar cambios en la composición familiar.