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ARevo Trámites
Autonómico Verificado el 15/06/2026 Aragón

Ayudas al alquiler (Aragón — Departamento de Fomento y Vivienda)

Solicitar las ayudas al alquiler de vivienda habitual en Aragón, gestionadas por el Departamento de Fomento y Vivienda del Gobierno de Aragón en el marco del Plan Estatal de Vivienda y las convocatorias propias autonómicas. Los requisitos concretos (ingresos máximos, límite de renta del alquiler, edad, etc.) dependen de la convocatoria vigente publicada en el BOA (Boletín Oficial de Aragón).

Gobierno de Aragón — Departamento de Fomento y Vivienda

Pedir cita previa

Coste

Gratuito. La tramitación no tiene tasa.

Plazo

Las convocatorias se publican en el BOA. El plazo de solicitud varía por convocatoria; la resolución puede tardar varios meses. Consultar la sede electrónica del Gobierno de Aragón para la convocatoria activa.

Quién lo necesita

Personas con residencia habitual en Aragón que tienen un contrato de arrendamiento vigente sobre su vivienda habitual y cumplen los criterios de renta de la convocatoria activa del Gobierno de Aragón.

Documentación

5 documentos · 5 obligatorios
  • Solicitud oficial de la convocatoria Obligatorio

    Formulario disponible en la sede electrónica del Gobierno de Aragón (sede.aragon.es). Se presenta en línea con certificado digital o Cl@ve, o presencialmente en las oficinas del Departamento.

  • DNI/NIE del solicitante Obligatorio

    Documento de identidad en vigor.

  • Contrato de arrendamiento vigente Obligatorio

    Contrato en vigor de la vivienda habitual para la que se solicita la ayuda.

  • Últimas declaraciones de IRPF o justificante de ingresos Obligatorio

    Documentación de la unidad familiar que acredita no superar el límite de ingresos de la convocatoria.

  • Certificado de empadronamiento en la vivienda arrendada Obligatorio

    Acredita que la vivienda arrendada es la habitual y permanente del solicitante en Aragón.

Errores que te hacen volver otro día

  • Presentar la solicitud fuera del plazo de la convocatoria activa.
  • No estar empadronado en la vivienda arrendada.
  • Superar el límite de ingresos de la unidad familiar establecido en la convocatoria.
  • No tener el contrato de arrendamiento depositado en el organismo autonómico competente.