Ayudas al alquiler de vivienda (Andalucía)
Solicitar las ayudas al alquiler de la vivienda habitual que convoca la Junta de Andalucía. Hay varios programas según el perfil: el Bono Alquiler Joven (ayuda para jóvenes de 18 a 35 años), las ayudas al alquiler para personas con ingresos limitados y las ayudas para personas en situación de especial vulnerabilidad.
Junta de Andalucía — Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
Coste
Gratuito. La solicitud de la ayuda no tiene tasa.
Plazo
Hay varias convocatorias según el perfil. El Bono Alquiler Joven (18-35 años, ayuda de hasta 250 € al mes; Orden de 2 de enero de 2025, BOJA de 13/01/2025) reabrió el plazo el 13 de enero de 2026 y se cierra al alcanzar las 15.000 solicitudes y, en todo caso, el 30 de junio de 2026; se presenta en la Ventanilla Electrónica de la Junta (VEAJA). Las ayudas para personas con ingresos limitados y en situación de especial vulnerabilidad tienen convocatorias propias. Los plazos cambian cada año; consulta la convocatoria vigente.
Quién lo necesita
Personas arrendatarias de su vivienda habitual en Andalucía cuyos ingresos no superan los límites de la convocatoria correspondiente a su perfil (joven, ingresos limitados o especial vulnerabilidad).
Documentación
3 documentos · 3 obligatorios-
Documento de identidad de la persona solicitante Obligatorio
DNI/NIE/TIE en vigor; para el Bono Alquiler Joven, residencia legal en España.
-
Contrato de arrendamiento de la vivienda habitual Obligatorio
A nombre de la persona solicitante (o compromiso de contrato en el Bono Alquiler Joven).
-
Justificantes de ingresos Obligatorio
Para acreditar que los ingresos no superan los límites de la convocatoria (referidos al IPREM en varios programas).
Errores que te hacen volver otro día
- Presentar la solicitud fuera del plazo de la convocatoria correspondiente.
- Solicitar en un programa que no corresponde al perfil (joven, ingresos limitados o especial vulnerabilidad).
- No acreditar que la vivienda es la residencia habitual y permanente.