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ARevo Trámites
Municipal Verificado el 28/08/2026 Alcalá de Henares

Tributos locales en Alcalá de Henares: IBI, IVTM y plusvalía

Los tres impuestos municipales que paga casi todo el mundo en Alcalá de Henares: el IBI, que grava tener un inmueble; el impuesto de vehículos (IVTM), que grava tener un coche domiciliado en el municipio; y la plusvalía municipal, que se paga al vender, heredar o recibir en donación un terreno urbano. Los dos primeros son de padrón y se cobran solos cada año en un periodo fijo; la plusvalía la declaras tú cuando hay transmisión.

Ayuntamiento de Alcalá de Henares — Gestión Tributaria

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Coste

Depende del tributo. El tipo del IBI urbano es el 0,41 % en 2026, dentro de una bajada programada que lo lleva del 0,42 % de 2025 al 0,40 % a partir de 2027 (art. 8.1 de la Ordenanza Fiscal nº 6). El rústico va al 0,90 % y los bienes de características especiales al 1,30 %. Hay tipos diferenciados sobre el 10 % de mayor valor de cada uso no residencial, que van del 0,75 % al 1,10 % según el uso y su umbral catastral. Y hay recargo del 50 % de la cuota líquida en los inmuebles residenciales desocupados de forma permanente, entendiendo por tales los que llevan 2 años sin nadie empadronado o 1 año sin consumo de agua. Un turismo de menos de 8 caballos fiscales paga 20,19 € y uno de 8 a 11,99 CVF paga 54,53 €, según el texto consolidado vigente. El tipo de la plusvalía municipal es el 24 % (art. 14 de su ordenanza), de los más bajos entre las grandes ciudades no capitales.

Plazo

IBI: El tipo del IBI urbano es el 0,41 % en 2026, dentro de una bajada programada que lo lleva del 0,42 % de 2025 al 0,40 % a partir de 2027 (art. 8.1 de la Ordenanza Fiscal nº 6). El rústico va al 0,90 % y los bienes de características especiales al 1,30 %. Hay tipos diferenciados sobre el 10 % de mayor valor de cada uso no residencial, que van del 0,75 % al 1,10 % según el uso y su umbral catastral. Y hay recargo del 50 % de la cuota líquida en los inmuebles residenciales desocupados de forma permanente, entendiendo por tales los que llevan 2 años sin nadie empadronado o 1 año sin consumo de agua. IVTM: Un turismo de menos de 8 caballos fiscales paga 20,19 € y uno de 8 a 11,99 CVF paga 54,53 €, según el texto consolidado vigente. Plusvalía: El tipo de la plusvalía municipal es el 24 % (art. 14 de su ordenanza), de los más bajos entre las grandes ciudades no capitales. Calendario y pago: En 2026 el IVTM se paga del 13 de mayo al 15 de julio, con cargo a los domiciliados el 5 de junio, y el IBI del 23 de junio al 23 de septiembre, con cargo el 7 de septiembre. Hay bonificación por domiciliación del 3 % de la cuota líquida, con un límite de 300 € por recibo, aplicable al IBI, al IVTM, al IAE, a basuras y a vados, y compatible con las demás bonificaciones. Existe además la modalidad «Pago a la Carta».

Quién lo necesita

Quien tiene un inmueble en Alcalá de Henares, quien tiene el coche domiciliado allí, y quien vende, hereda o dona un inmueble urbano del municipio.

Documentación

5 documentos · 1 obligatorios
  • Documento de identidad Obligatorio

    DNI, NIE o pasaporte en vigor de la persona titular o de quien la represente.

  • Referencia catastral del inmueble Si aplica

    Aparece en el recibo del IBI y en la escritura, y se consulta gratis en la Sede Electrónica del Catastro. Es lo que identifica el inmueble en cualquier gestión.

    Cuándo: Para los trámites del IBI y para la plusvalía.

  • Permiso de circulación y ficha técnica del vehículo Si aplica

    Para altas, bajas, cambios de titular y domiciliaciones del impuesto de vehículos.

    Cuándo: Para los trámites del IVTM.

  • Escrituras de adquisición y de transmisión Si aplica

    Las dos: la de cuando se compró o heredó el inmueble y la de ahora. Sin la de adquisición no se puede calcular si hubo pérdida, que es lo que permite no pagar.

    Cuándo: Para la plusvalía municipal.

  • Número de cuenta para domiciliar Si aplica

    El IBAN de la cuenta donde se cargarán los recibos.

    Cuándo: Solo si vas a domiciliar o a acogerte a un plan de pago fraccionado.

Errores que te hacen volver otro día

  • Dejar pasar el periodo voluntario. Después entra el recargo de apremio, que sube con el retraso, y el importe ya no se negocia.
  • Vender o comprar un coche y no cambiar la titularidad del IVTM: el impuesto sigue yendo a nombre de quien figura en el padrón el 1 de enero.
  • Creer que la plusvalía se paga siempre. Desde la reforma de 2021 no hay que pagarla si no ha habido incremento de valor, pero hay que declararlo y probarlo con las dos escrituras.
  • Comprar un inmueble y no comprobar si tiene recibos de IBI pendientes: el inmueble responde de las deudas de los cuatro años anteriores, aunque la deuda sea del vendedor.
  • No pedir las bonificaciones a tiempo. Casi todas son rogadas, hay que solicitarlas antes del devengo y no se aplican solas.